Imprimir esta página Imprimir
Contrae el contenido expandido en la norma Contraer
Expande el contenido contraído en la norma Expandir

Resolución General AFIP N° 1746/2004

27 de Septiembre de 2004

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 28 de Septiembre de 2004

Boletín AFIP N° 88, Noviembre de 2004, página 2001

ASUNTO

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Operaciones de exportación y asimilables. Solicitudes de acreditación, devolución o transferencia. Resolución General N° 1.351, su modificatoria y complementarias. Su modificación.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IVA-EXPORTACIONES-DEVOLUCION DE SALDOS

Contraer VISTO

VISTO la Resolución General N° 1.351, su modificatoria y complementarias, y

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que por la mencionada resolución general se dispuso el procedimiento para la acreditación, devolución o transferencia del gravamen facturado contenido en el monto de las operaciones de exportación.

Que en virtud de la experiencia recogida en el sector de la industria naval con respecto a la aplicación de dicho procedimiento, se estima conveniente introducir modificaciones a los efectos de flexibilizar el cumplimiento de ciertos requisitos para obtener el reintegro del impuesto al valor agregado incluido en los insumos adquiridos con destino exclusivo para la reparación o conservación de embarcaciones.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Asesoría Legal, de Asesoría Técnica y de Programas y Normas de Fiscalización.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1°.- Modifícase la Resolución General N° 1.351, su modificatoria y complementarias, en la forma que se indica a continuación:

1. Sustitúyese el Apartado 5.1. del inciso b) del artículo 3°, por el siguiente:

"5.1. Transporte marítimo: certificación de los trabajos de transformación, modificación, reparación, mantenimiento y conservación emitida por un profesional en ingeniería naval, inscrito en el Consejo de Ingeniería Naval.".

2. Sustitúyese el segundo párrafo del Apartado 4.1. del inciso a) del Anexo II, por el siguiente:

"Las facturas a que se refiere el párrafo anterior tendrán que cumplir con las condiciones dispuestas en el artículo 3°, inciso b), punto 5 de la presente resolución general, debiendo en tal sentido estar conformadas por la empresa destinataria del trabajo o por el capitán del buque, insertando la expresión: "Trabajos de transformación, modificación, reparación, mantenimiento y conservación de embarcaciones y aeronaves. Resolución General N° 1.351", y estar además suscritas por el responsable debidamente autorizado de la empresa o por el capitán del buque, consignando el sello identificatorio del firmante.".

3. Sustitúyese el Apartado 4.1.2. del inciso a) del Anexo II, por el siguiente:

"4.1.2. Constancia de matriculación en el exterior certificada por autoridad competente, de tratarse de las demás aeronaves referidas en el punto 26 "in fine" del inciso h) del artículo 7° de la ley del gravamen.".

Modifica a:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


FIRMANTES

Alberto R. Abad