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Resolución General AFIP N° 801/2000

13 de Marzo de 2000

Estado de la Norma: Derogada


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 15 de Marzo de 2000

Boletín AFIP N° 33, Abril de 2000, página 750

ASUNTO

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias. Resolución General N° 39 y sus modificatorias. Nómina de sujetos comprendidos.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IVA-AGENTES DE RETENCION-PERCEPCION DE IMPUESTOS

Contraer VISTO

VISTO el régimen de retención del impuesto al valor agregado establecido por la Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias, y la Resolución General N° 39 y sus modificaciones, y

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que de acuerdo con lo establecido en los artículos 2° y 3° de la norma citada en primer término, esta Administración Federal está facultada para incorporar nuevos agentes de retención al mencionado régimen, así como para excluir a aquéllos que fueron designados como tales.

Que en consecuencia corresponde informar la identificación de los sujetos que se incorporan a este régimen de retención y de los que han quedado excluidos del mismo.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997.

Referencias Normativas:

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

Articulo 1°.- Modifícase el Anexo I de la Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias, en la forma que se detalla a continuación:

1. Incorpóranse a los responsables que se indican seguidamente:

"30-52948264-3 -PIANTONI HNOS SACIFI Y A"

"30-69389654-8 -SAMROX S R L

"30-60160629-8 -TELEARTE SOCIEDAD ANONIMA EMPRESA DE RADIO Y TELEVISION"

2. Elimínanse a los responsables que se detallan en el Anexo I de la presente.

Modifica a:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2°.- Modifícase el Anexo de la Resolución General N° 39 y sus modificaciones, en la forma que se indica seguidamente:

1. Incorpóranse a los responsables que se detallan a continuación:

"30-51879363-9 GISPE S A C I A"

"33-69576634-9 JFL ARGENTINA SA"

"30-59733304-4 OSTRAMAR S A"

"30-69581678-9 STERING SA"

2. Elimínanse a los responsables que se indican en el Anexo II de la presente.

Modifica a:

Contraer Artículo 3:

ARTICULO 3°.- Lo establecido en los artículos precedentes tendrá efectos a partir del día 1 de abril de 2000, inclusive.

Contraer Artículo 4:

ARTICULO 4°.- Apruébanse los Anexos I y II, que forman parte de esta norma.

Contraer Artículo 5:

ARTICULO 5°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


Contraer ANEXO I - RG N° 801(AFIP).

Visualizar Anexo I

Contraer ANEXO II - RG N° 801(AFIP).

Visualizar Anexo II


FIRMANTES

Carlos Alberto Silvani