Imprimir esta página Imprimir
Contrae el contenido expandido en la norma Contraer
Expande el contenido contraído en la norma Expandir

Resolución General AFIP N° 323/1998

29 de Diciembre de 1998

Estado de la Norma: Derogada


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 04 de Enero de 1999

Boletín AFIP N° 19, Febrero de 1999, página 361

ASUNTO

IMPUESTO SOBRE COMBUSTIBLES LIQUIDOS. Ley N° 23.966, Título III de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998. Resolución General N° 193 y sus complementarias. Artículo 6°. Resolución General N° 300. Norma complementaria.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y EL GAS NATURAL -ADQUIRENTES EXENTOS-COMERCIALIZACION-REGIMEN DE EMPADRONAMIENTO

Contraer VISTO

VISTO el artículo 6° de la Resolución General N° 193 y sus complementarias y la Resolución General N° 300, y

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que este Organismo debe publicar la nómina de los responsables que, en razón de haber cumplido con los requisitos exigidos por la Resolución General N° 193 y sus complementarias, se encuentran beneficiados por la exención prevista en el inciso c) del artículo 7° de la Ley N° 23.966, Título III de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998.

Que corresponde excluir de la nómina de los responsables que actúan con carácter de adquirentes exentos del gravamen, informada por la Resolución General N° 300, a una empresa que habiendo observado en tiempo y forma el empadronamiento dispuesto por la Resolución General N° 193 y sus complementarias de acuerdo con la actividad de comercialización de nafta virgen y/o gasolina natural, debe ser publicada su incorporación en la nómina referente a tales combustibles.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Fiscalización.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Referencias Normativas:

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA A CARGO DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1°.- De acuerdo con la actividad que desarrolla, se dispone la exclusión de la empresa FOX PETROL S.A. (C.U.I.T. N° 30-68452184-1) de la nómina de responsables adquirentes exentos del gravamen que integra el Anexo de la Resolución General N° 300, y su incorporación al Anexo que se aprueba y forma parte integrante de la presente, desde el 1 de diciembre de 1998 hasta el 30 de setiembre de 1999, ambas fechas inclusive.

Modifica a:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


Contraer ANEXO RESOLUCION GENERAL N° 323

B - ADQUIRENTES DE PRODUCTOS CON DESTINO EXENTO RESPONSABLES

ADQUIRENTES DE NAFTA VIRGEN Y GASOLINA NATURAL

FORMULARIO N° 696

RESOLUCION GENERAL N° 193 Y SUS COMPLEMENTARIAS - ARTICULOS 6°,

PRIMER PARRAFO Y 7°, TERCER Y QUINTO PARRAFOS

NOMINA DE CONTRIBUYENTES CON ACEPTACION DE EMPADRONAMIENTO

VIGENCIA: DESDE EL 01/12/98 HASTA EL 30/09/99,

AMBAS FECHAS INCLUSIVE

CUIT APELLIDO Y NOMBRES,

DENOMINACION Y/O RAZON SOCIAL

30-68452184-1 FOX PETROL S.A.


FIRMANTES

Jorge E. Sandullo