12 de Julio de 2000
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
ASUNTO
Nota Externa N° 7/2000 (AFIP). PROCEDIMIENTO. Promoción Industrial. Utilización del beneficio del impuesto al valor agregado para compras destinadas a envases.
TEMA
PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO-IMPUESTO AL VALOR AGREGADO-PROMOCION INDUSTRIAL-EMPRESA PROMOVIDA-BENEFICIOS PROMOCIONALES-COSTO FISCAL TEORICO-COMPRA-INSUMOS-ENVASES DE PRODUCTOS-MATERIAS PRIMAS
TEXTO
Atento a las consultas efectuadas respecto de si cabría considerar a los envases utilizados en el proceso productivo de una empresa promovida como materia prima o insumos intermedios, a los efectos de obtener el beneficio previsto en el artículo 8º, inciso b) de la Ley Nº 22.021 cabe aclarar que atento a lo expuesto por la Dirección Nacional de Impuestos en el Memorando Nº 622/99, la definición de materia prima debe ajustarse a un criterio promocional por lo que corresponde entender que tales envases deben ser reputados como materia prima o insumos intermedios, en la medida que se configuren los requisitos que se expondrán a continuación:
1.— Procede el beneficio con relación a los envases que hayan sido considerados en oportunidad del cálculo realizado a los efectos de la determinación del costo fiscal teórico del proyecto respectivo en lo que corresponde al IVA-Compras y su acreditación por parte de esta Administración Federal, de conformidad con los artículos 18 y 29 del Decreto Nº 2054/92 o bien de los que los sustituyan cuando ello no implique una alteración del mencionado costo fiscal.
2.— Los envases deberán provenir sólo de proveedores que sean productores nacionales.
Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
HECTOR CONSTANTINO RODRIGUEZ