18 de Marzo de 2026
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 09 de Abril de 2026
Boletín Oficial: 10 de Abril de 2026
ASUNTO
Aprobación.
GENERALIDADES
TEMA
DOBLE IMPOSICION-Convenio Internacional
VISTO
CONSIDERANDO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
Artículo 1:
Artículo 1º- Apruébase el Convenio entre la República Argentina y la República de Austria para eliminar la Doble Imposición con Respecto a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y la Prevención de la Evasión y Elusión Fiscal, suscripto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 6 de diciembre de 2019, que consta de treinta y un (31) artículos y un (1) protocolo, que como anexo en idioma inglés y su traducción al español, forma parte de la presente ley.
Artículo 2:
Artículo 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.
REGISTRADA BAJO EL N° 27803
ANEXO
PROMULGACION
Decreto 233/2026 DECTO-2026-233-APN-PTE - Promúlgase la Ley Nº 27.803.
Ciudad de Buenos Aires, 09/04/2026
En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.803 (IF-2026-28997358-APN-DSGA#SLYT), sancionada por el H. CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 18 de marzo de 2026.
Dese para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al H. CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO. Cumplido, archívese.
MILEI - Manuel Adorni - Pablo Quirno Magrane
ENTRADA EN VIGOR
PUBLICACIÓN BOLETÍN OFICIAL LEY Nº 24.080
FECHA DE ENTRADA EN VIGOR PARA LA REPÚBLICA DE INSTRUMENTOS BILATERALES QUE REQUIRIERON APROBACIÓN LEGISLATIVA
Convenio entre la República Argentina y la República de Austria para eliminar la Doble Imposición con Respecto a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y la Prevención de la Evasión y Elusión Fiscal
Firma: Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 6 de diciembre de 2019.
Norma Aprobatoria: Ley 27.803
Entrada en vigor: 12 de junio de 2026 (Cf. Art. 30 del Convenio).
Juan Pablo Paniego, Director, Dirección de Tratados.
FIRMANTES
Adrián Francisco Pagán
Agustín W. Giustinian
MARTIN ALEXIS MENEM
VICTORIA VILLARRUEL