01 de Octubre de 2024
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 17 de Octubre de 2024
Boletín Oficial: 18 de Octubre de 2024
ASUNTO
Aprobación.
GENERALIDADES
TEMA
CONVENIOS INTERNACIONALES
VISTO
CONSIDERANDO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
Artículo 1:
Artículo 1º- Apruébase el CONVENIO ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y LA REPÚBLICA POPULAR CHINA PARA LA ELIMINACIÓN DE LA DOBLE IMPOSICIÓN CON RESPECTO A LOS IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y SOBRE EL PATRIMONIO Y LA PREVENCIÓN DE LA EVASIÓN Y ELUSIÓN FISCAL y su PROTOCOLO; suscriptos en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES el 2 de diciembre de 2018, que constan de TREINTA (30) artículos y ONCE (11) cláusulas, respectivamente, los que como ANEXO, en idiomas español e inglés, forman parte de la presente ley.
Artículo 2:
Artículo 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL PRIMERO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.
REGISTRADO BAJO EL N° 27780
Anexo
PROMULGACIÓN
Decreto 918/2024
DECTO-2024-918-APN-PTE - Promúlgase la Ley Nº 27.780.
Ciudad de Buenos Aires, 17/10/2024
En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.780 (IF-2024-108393636-APN-DSGA#SLYT) con ANEXO (IF-2024-108393669-APN-DSGA#SLYT) sancionada por el H. CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 1° de octubre de 2024.
Dese para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al H. CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO. Cumplido, archívese.
MILEI - Guillermo Francos - Diana Mondino
ENTRADA EN VIGOR
FECHA DE ENTRADA EN VIGOR PARA LA REPÚBLICA DE INSTRUMENTOS BILATERALES QUE REQUIRIERON APROBACIÓN LEGISLATIVA
CONVENIO ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y LA REPÚBLICA POPULAR CHINA PARA LA ELIMINACIÓN DE LA DOBLE IMPOSICIÓN CON RESPECTO A LOS IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y SOBRE EL PATRIMONIO Y LA PREVENCIÓN DE LA EVASIÓN Y ELUSIÓN FISCAL y su PROTOCOLO.
Celebración: Buenos Aires, 2 de diciembre de 2018.
Aprobación: Ley N° 27.780.
Vigor: 26 de noviembre de 2024.
Santiago Javier Vazquez Montenegro, Director, Dirección de Tratados.
(BO 19/12/2024)
FIRMANTES
Adrián Francisco Pagán
Agustín W. Giustinian
MARTIN ALEXIS MENEM
VICTORIA VILLARRUEL