16 de Noviembre de 2022
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 29 de Noviembre de 2022
Boletín Oficial: 30 de Noviembre de 2022
ASUNTO
Ley N° 27.432. Prórrogas.
GENERALIDADES
TEMA
IMPUESTO A LAS GANANCIAS-MONOTRIBUTO-FONDO PARA EDUCACION Y PROMOCION COOPERATIVA-BIENES PERSONALES-IMPUESTO INTERNO Y ADICIONAL DE EMERGENCIA A LOS CIGARRILLOS
VISTO
CONSIDERANDO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
Artículo 1:
Artículo 1°- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2027, inclusive, el plazo establecido en el artículo 2° de la ley 27.432.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
Artículo 2°- Prorróganse hasta el 31 de diciembre de 2027, inclusive, los plazos establecidos en los incisos a), c), d), f), g), h) y j) del primer párrafo del artículo 4° y en el artículo 5°, todos ellos de la ley 27.432.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo precedente, prorrógase toda otra asignación específica de impuestos nacionales coparticipables hasta el 31 de diciembre de 2027, inclusive, salvo que otra norma legal disponga una fecha posterior, en cuyo caso será de aplicación lo previsto en esta última.
Textos Relacionados:
Artículo 3:
Artículo 3°- Sustitúyese en el artículo 6° de la ley 23.427 y sus modificaciones, de creación del Fondo para Educación y Promoción Cooperativa, la expresión “treinta y siete (37) períodos fiscales” por la expresión “cuarenta y dos (42) períodos fiscales”.
Modifica a:
Artículo 4:
Artículo 4°- Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efecto desde esa fecha, inclusive.
Artículo 5:
Artículo 5° - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.
REGISTRADA BAJO EL N° 27702
PROMULGACIÓN
Decreto 797/2022
DCTO-2022-797-APN-PTE - Promúlgase la Ley N° 27.702.
Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2022
En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.702 (IF-2022-124105395-APN-DSGA#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 16 de noviembre de 2022.
Dese para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese al MINISTERIO DE ECONOMIA. Cumplido, archívese.
FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Sergio Tomás Massa
FIRMANTES
CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA
Marcelo Jorge Fuentes
Eduardo Cergnul
CECILIA MOREAU