05 de Julio de 2017
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 05 de Julio de 2017
Boletín Oficial: 28 de Julio de 2017
ASUNTO
Apruébase Protocolo de Enmienda.
GENERALIDADES
TEMA
PROTOCOLO DE ENMIENDA
VISTO
CONSIDERANDO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley
SANCIONA:
Artículo 1:
Artículo 1°.- Apruébase el Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio, hecho en la ciudad de Ginebra —Confederación Suiza— el 27 de noviembre de 2014, que consta de seis (6) artículos y un (1) anexo, cuya copia autenticada en idioma español forma parte de la presente ley.
Artículo 2:
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
ANEXO I
PROMULGACION
ACUERDOS
Decreto 574/2017
Promúlgase la Ley Nº 27.373.
Ciudad de Buenos Aires, 27/07/2017
En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCION NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.373 (IF-2017-15516807-APN-SECCYCI#MRE), sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION en su sesión del día 5 de julio de 2017.
Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y comuníquese al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Cumplido, archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Jorge Marcelo Faurie.
FIRMANTES
EMILIO MONZÓ
Eugenio Inchausti
FEDERICO PINEDO
Juan P. Tunessi