13 de Noviembre de 2013
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 03 de Diciembre de 2013
Boletín Oficial: 05 de Diciembre de 2013
ASUNTO
REGIMEN DE CONTRATO DE TRABAJO - Ley Nº 20.744. Modificación.
GENERALIDADES
TEMA
CONTRATO DE TRABAJO
VISTO
CONSIDERANDO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
Artículo 1:
ARTICULO 1° - Modifícase el artículo 73 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 73: Prohibición. Libertad de expresión. El empleador no podrá, ya sea al tiempo de su contratación, durante la vigencia del contrato o con vista a su disolución, realizar encuestas, averiguaciones o indagar sobre las opiniones políticas, religiosas, sindicales, culturales o de preferencia sexual del trabajador. Este podrá expresar libremente sus opiniones sobre tales aspectos en los lugares de trabajo, en tanto ello no interfiera en el normal desarrollo de las tareas.
Modifica a:
Artículo 2:
ARTICULO 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
PROMULGACIÓN
Decreto 2031/2013
Promúlgase la Ley Nº 26.911.
Bs. As., 3/12/2013
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 26.911 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FERNANDEZ DE KIRCHNER. - Jorge M. Capitanich. - Carlos A. Tomada.
FIRMANTES
BEATRIZ ROJKES de ALPEROVICH
Gervasio Bozzano
JULIAN A. DOMINGUEZ
Juan H. Estrada