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Ley N° 26731

21 de Diciembre de 2011

IMPUESTOS

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Fecha de Promulgación: 27 de Diciembre de 2011

Boletín Oficial: 28 de Diciembre de 2011

Fe de Erratas: 19 de Enero de 2012

ASUNTO

Modifícase el artículo Nº 23 de la Ley de Impuestos a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Contraer VISTO

Contraer CONSIDERANDO

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

SANCIONA:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1º - Considéranse aplicables, para el período fiscal 2010, los importes previstos en el artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, que a continuación se detallan:

a) Diez mil ochocientos pesos ($ 10.800).

b) Diez mil ochocientos pesos ($ 10.800).

Punto 1) del inciso b) doce mil pesos ($ 12.000).

Punto 2) del inciso b) seis mil pesos ($ 6.000).

Punto 3) del inciso b) cuatro mil quinientos pesos ($ 4.500).

c) Diez mil ochocientos pesos ($ 10.800).

 

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2º - Modifíquese el artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, de la siguiente forma:

a) Sustitúyense los importes previstos en su primer párrafo, por los siguientes:

Para el inciso a) doce mil novecientos sesenta pesos ($ 12.960)

Para el inciso b) doce mil novecientos sesenta pesos ($ 12.960)

Para el punto 1) del inciso b) catorce mil cuatrocientos pesos ($ 14.400).

Para el punto 2) del inciso b) siete mil doscientos pesos ($ 7.200).

Para el punto 3) del inciso b) cinco mil cuatrocientos pesos ($ 5.400).

Para el inciso c) doce mil novecientos sesenta pesos ($ 12.960).

b) En su segundo párrafo, donde dice "...Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones..." deberá decir "...Sistema Integrado Provisional Argentino...".

Modifica a:

Contraer Artículo 3:

ARTICULO 3º - Lo dispuesto en el artículo anterior tendrá efectos a partir del período fiscal 2011, inclusive.

Contraer Artículo 4 Texto vigente según LEY Nº 27346/2016:

Derogado por:

Expandir Artículo 4 Texto original según LEY Nº 26731/2011:

Contraer Artículo 5:

ARTICULO 5º - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL ANO DOS MIL ONCE.

 


Contraer PROMULGACION

Decreto 262/2011

Promúlgase la Ley Nº 26.731

Bs. As., 27/12/2011

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación Nº 26.731, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

- FERNANDEZ DE KIRCHNER. - Juan M. Abal Medina. - Hernán G. Lorenzino.

 


FIRMANTES

Amado Boudou

Gervasio Bozzano

JULIAN A. DOMINGUEZ

Juan H. Estrada