07 de Junio de 2006
Estado de la Norma: Derogada
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 29 de Junio de 2006
Boletín Oficial: 30 de Junio de 2006
ASUNTO
Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº 25.370.
GENERALIDADES
TEMA
FERIADOS-TRABAJO
VISTO
CONSIDERANDO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
Artículo 1:
ARTICULO 1º - Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº 25.370 el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º-. Declárase "Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas", el 2 de abril, el que tendrá carácter de Feriado Nacional inamovible.
Modifica a:
Artículo 2:
ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL A DOS MIL SEIS.
PROMULGACION
Decreto Nº 817/2006
Bs. As., 29/6/2006
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 26.110 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -
KIRCHNER. - Alberto A. Fernández. - Aníbal D. Fernández.
FIRMANTES
ALBERTO E. BALESTRINI
Enrique Hidalgo
JOSE J. B. PAMPURO
Juan H. Estrada