16 de Diciembre de 2004
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 10 de Enero de 2005
Boletín Oficial: 11 de Enero de 2005
ASUNTO
Modificación de la Ley Nº 18.345 (T.O.).
GENERALIDADES
TEMA
MODIFICACION DE LA LEY-PROCEDIMIENTO LABORAL
VISTO
CONSIDERANDO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
Artículo 1:
ARTICULO 1° - Sustitúyese el artículo 119 de la Ley N° 18.345 (t.o.) de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo por el siguiente:
Artículo 119: Traslado de la expresión de agravios. El juez dará traslado de la expresión de agravios a la contraparte por el plazo de TRES (3) días. El traslado será notificado personalmente o por cédula. Contestados los agravios o vencido el plazo para hacerlo, se elevará el expediente a la Cámara.
Modifica a:
Artículo 2:
ARTICULO 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.
FIRMANTES
EDUARDO O. CAMAÑO
Eduardo D. Rollano
Juan H. Estrada
MARCELO A. GUINLE