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Ley N° 25731

12 de Marzo de 2003

IMPUESTOS

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Fecha de Promulgación: 04 de Abril de 2003

Boletín Oficial: 07 de Abril de 2003

ASUNTO

REINTEGROS A LA EXPORTACION. Suspéndese la exención contemplada en el inciso 1) del artículo 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

EXPORTACIONES-IMPUESTO A LAS GANANCIAS-REINTEGROS IMPOSITIVOS-EXENCIONES IMPOSITIVAS

Contraer VISTO

Contraer CONSIDERANDO

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

SANCIONA:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1º - Suspéndese hasta el 31 de diciembre de 2003, la exención contemplada en el inciso I) del artículo 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2º - La suspensión mencionada en el artículo 1º alcanzará a todos los reintegros a la exportación, incluidos los reembolsos previstos en la Ley 23.018 y sus modificatorias, y surtirá efecto respecto de las solicitudes de exportación para consumo que se registraren en la Administración Nacional de Aduanas a partir de la entrada en vigencia de esta ley.

Contraer Artículo 3:

ARTICULO 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL TRES.


FIRMANTES

EDUARDO O. CAMAÑO

Eduardo D. Rollano

JOSE L GIOJA

Juan C. Oyarzún