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Ley N° 25560

06 de Enero de 2002

IMPUESTOS

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Fecha de Promulgación: 06 de Enero de 2002

Boletín Oficial: 08 de Enero de 2002

ASUNTO

Impuesto sobre los Bienes Personales. Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Prórroga de vigencia. Fondo para Educación y Promoción Cooperativa. Ley N° 23.427. Modificación. Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural. Vigencia.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES-IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y EL GAS NATURAL-REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUENOS CONTRIBUYENTES-MONOTRIBUTO-FONDO PARA EDUCACION Y PROMOCION COOPERATIVA-PRORROGA DEL PLAZO

Contraer VISTO

Contraer CONSIDERANDO

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

SANCIONA:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1° - Prórrogase hasta el 31 de diciembre de 2005 la vigencia del Título VI de la Ley N° 23.966 de Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1977 y sus modificaciones, y de la Ley N° 24.977 y sus modificaciones, de Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2° - Sustitúyese en el artículo 6° de la Ley N° 23.427 y sus modificaciones, de Fondo para Educación y Promoción Cooperativa, la expresión "DIECISEIS (16) períodos fiscales" por la expresión "VEINTE (20) períodos fiscales".

Modifica a:

Contraer Artículo 3:

ARTICULO 3° - Establécese que el Título III de la Ley N° 23.966 de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, regirá hasta que otra ley disponga su derogación.

Contraer Artículo 4:

ARTICULO 4° - Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia a partir del 1° de enero de 2002, inclusive.

Contraer Artículo 5:

ARTICULO 5° — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DOS.

—REGISTRADA BAJO EL N° 25.560—

 


Contraer PROMULGACIÓN

Decreto 42/2002

Bs. As., 6/1/2002

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación N° 25.560 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -

DUHALDE. - Jorge M. Capitanich. - Jorge L. Remes Lenicov.

 


FIRMANTES

Eduardo D. Rollano

EDUARDO O. CAMAÑO

JUAN C. MAQUEDA

Juan C. Oyarzún