09 de Diciembre de 1997
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 29 de Diciembre de 1997
Boletín Oficial: 31 de Diciembre de 1997
ASUNTO
LEY N° 24.920 - Modifícase el artículo 7°, inciso h). Apartado 16 de la Ley N° 23.349 del Impuesto al Valor Agregado (t.o. según el Decreto N° 280/97)
GENERALIDADES
TEMA
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO-INTERESES-REFORMA LEGISLATIVA
VISTO
CONSIDERANDO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso. etc., sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
Artículo 1:
ARTICULO 1° - Incorpórase a la Ley 23.349 de Impuesto al Valor Agregado (Texto Ordenado según Decreto 280/97), en el Artículo 7°, inciso h), Apartado 16, el Punto 9.
"9. Los intereses de préstamos u operaciones bancarias y financieras en general cuando el tomador sean las Provincias o Municipios."
Modifica a:
Artículo 2:
ARTICULO 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.
PROMULGACIÓN
Decreto 1436/97
Bs. As., 29/12/97
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 24.920 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.
FIRMANTES
ALBERTO R. PIERRI
EDUARDO MENEM
Edgardo Piuzzi
Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo