03 de Julio de 1996
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 08 de Julio de 1996
Boletín Oficial: 25 de Julio de 1996
ASUNTO
Establécese la dependencia de su titular del Presidente de la Nación. Jerarquía y competencias.
GENERALIDADES
TEMA
PROCURACION DEL TESORO
VISTO
CONSIDERANDO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
Artículo 1:
ARTICULO 1º — El Procurador del Tesoro de la Nación depende directamente del Presidente de la Nación. Tiene jerarquía equivalente a la de los Ministros del Poder Ejecutivo y ejerce sus competencias con independencia técnica.
Artículo 2:
ARTICULO 2º — La Procuración del Tesoro de la Nación es un organismo desconcentrado del Poder Ejecutivo Nacional, cuya estructura administrativa y presupuesto están contenidos en la estructura y presupuesto del Ministerio de Justicia de la Nación.
Los funcionarios y empleados de la Procuración del Tesoro integran la planta de personal del Ministerio de Justicia de la Nación y tienen relación jerárquica y dependencia funcional con el Procurador del Tesoro.
Los Subprocuradores del Tesoro de la Nación tienen jerarquía equivalente a la de los Secretarios del Poder Ejecutivo.
Artículo 3:
ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRES DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.
FIRMANTES
ALBERTO R. PIERRI
Carlos. F. Ruckauf
Edgardo Piuzzi
Juan Estrada