02 de Noviembre de 1994
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 28 de Noviembre de 1994
Boletín Oficial: 30 de Noviembre de 1994
ASUNTO
LEY N° 24.391 - Ley N° 23.349 y sus modificaciones, artículo 43: Su modificación.
GENERALIDADES
TEMA
EXPORTACIONES-IVA-CREDITO FISCAL-COMPRA
VISTO
CONSIDERANDO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
Artículo 1:
ARTICULO 1° - Sustitúyese el artículo 43, de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto sustituido por la Ley N° 23.349 y sus modificaciones, por el siguiente:
"ARTICULO 43 - Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 41, facúltase al Poder Ejecutivo para establecer un régimen especial respecto del crédito fiscal proveniente de las compras de bienes destinados a la exportación, efectuadas por consorcios de exportación o cooperativas de exportación de bienes y servicios o por compañías de comercialización internacional, que se constituyan con tal finalidad de acuerdo a los requisitos y condiciones que se establezcan en las normas que instrumenten su creación.
El incumplimiento del plazo para realizar la exportación que a tal efecto establezca la reglamentación, por parte de los sujetos acogidos al régimen especial a que alude el primer párrafo, hará surgir la responsabilidad personal y solidaria del proveedor respecto del monto del gravamen involucrado en las operaciones realizadas con dichos sujetos".
Modifica a:
Artículo 2:
ARTICULO 2° - Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 3:
ARTICULO 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FIRMANTES
ALBERTO R. PIERRI
Edgardo Piuzzi
Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo
Piuzzi