CAPITAL FEDERAL
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Emisión: 30 de Octubre de 1990
Boletín Oficial: 31 de Octubre de 1990
ASUNTO
DECRETO N° 2278/1990 - Impuesto al Valor Agregado - Diferimiento de su entrada en vigencia.
GENERALIDADES
TEMA
IVA-PRESTACION DE SERVICIOS-LOCACION DE SERVICIOS
VISTO
VISTO la Ley 23.871, y
Referencias Normativas:
CONSIDERANDO
Que mediante las modificaciones introducidas por la citada ley al régimen del impuesto al valor agregado, se procede a generalizar el tributo en materia de locaciones y prestaciones.
Que dicha circunstancia hace necesario adoptar los recaudos pertinentes a efectos de que el organismo recaudador pueda instrumentar los procedimientos de administración y control acordes con la magnitud de responsables que se incorporan al sistema.
Que la presente medida se dicta con arreglo a las facultades conferidas por el artículo 2° de la Ley N° 23.871.
Referencias Normativas:
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1:
ARTICULO 1° - Difiérese hasta el 1° de diciembre de 1990 la entrada en vigencia del artículo 1° de la Ley N° 23.871, la que producirá efectos a partir de dicha fecha inclusive, excepto para lo dispuesto en el punto 17 del citado artículo y para los casos cuya vigencia se dispone a partir de la publicación de la referida ley.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
ARTICULO 2° - Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigor a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.
Artículo 3:
ARTICULO 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - MENEM - Antonio E. González.
FIRMANTES
MENEM - Antonio E. González