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Decreto N° 2278/1990

CAPITAL FEDERAL

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Fecha de Emisión: 30 de Octubre de 1990

Boletín Oficial: 31 de Octubre de 1990

ASUNTO

DECRETO N° 2278/1990 - Impuesto al Valor Agregado - Diferimiento de su entrada en vigencia.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IVA-PRESTACION DE SERVICIOS-LOCACION DE SERVICIOS

Contraer VISTO

VISTO la Ley 23.871, y

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que mediante las modificaciones introducidas por la citada ley al régimen del impuesto al valor agregado, se procede a generalizar el tributo en materia de locaciones y prestaciones.

Que dicha circunstancia hace necesario adoptar los recaudos pertinentes a efectos de que el organismo recaudador pueda instrumentar los procedimientos de administración y control acordes con la magnitud de responsables que se incorporan al sistema.

Que la presente medida se dicta con arreglo a las facultades conferidas por el artículo 2° de la Ley N° 23.871.

Referencias Normativas:

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1° - Difiérese hasta el 1° de diciembre de 1990 la entrada en vigencia del artículo 1° de la Ley N° 23.871, la que producirá efectos a partir de dicha fecha inclusive, excepto para lo dispuesto en el punto 17 del citado artículo y para los casos cuya vigencia se dispone a partir de la publicación de la referida ley.

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2° - Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigor a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.

Contraer Artículo 3:

ARTICULO 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - MENEM - Antonio E. González.


FIRMANTES

MENEM - Antonio E. González