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Decreto N° 1709/1990

CAPITAL FEDERAL

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Fecha de Emisión: 30 de Agosto de 1990

Boletín Oficial: 12 de Septiembre de 1990

ASUNTO

Modifícase el Artículo 22 del Decreto N° 1482/90.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL-ESTRUCTURA ORGANICA -REFORMA LEGISLATIVA

Contraer VISTO

VISTO los Decretos Números 479 del 14 de marzo de 1990 y 1482 del 2 de agosto de 1990, y

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que por el Artículo N° 10 del decreto citado en primer término se estableció un plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días hábiles a partir de su publicación para elevar a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL las estructuras orgánicas de las distintas jurisdicciones.

Que por Decreto N° 1482/90 se aprobó Régimen General para la elaboración, tramitación y financiación de las estructuras organizativas de la Administración Pública Nacional, en el marco de los propósitos que inspiran la profunda Rreforma del Estado impulsada por el Gobierno Nacional.

Que mediante el artículo 22 del citado decreto se prorrogó hasta el 30 de agosto de 1990 el plazo de presentación de estructuras.

Que teniendo en cuenta la complejidad que significala elaboración de las nuevas estructuras orgánicas, aplicando la normativa vigente en el marco de las actuales pautas de contención del gasto público, se hace menester ampliar el plazo de presentación de las mismas.

Que la medida propuesta encuentra amparo en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 86 inciso l) de la Contitución Nacional.

Referencias Normativas:

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

DECRETA:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1° - Sustitúyese el Artículo 22 del Decreto N° 1482 del 2 de agosto de 1990, por el siguiente:

"ARTICULO 22: Prorrógase hasta el día 28 de Setiembre de 1990 el plazo de presentación de estructuras, establecido por el Artículo 10 del Decreto N° 479/90".

Modifica a:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2°- - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


FIRMANTES

MENEM - Julio I. Mera Figueroa