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Decreto N° 977/2001

CAPITAL FEDERAL

Estado de la Norma: Derogada


DATOS DE PUBLICACIÓN

Fecha de Emisión: 31 de Julio de 2001

Boletín Oficial: 01 de Agosto de 2001

Boletín AFIP N° 50, Septiembre de 2001, página 1419

ASUNTO

Convenios para mejorar la competitividad y la generación de empleo.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

CONVENIOS PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA GENERACION DE EMPLEO -ESTADO NACIONAL-GOBIERNO PROVINCIAL-SINDICATOS

Contraer VISTO

Los CONVENIOS PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA GENERACION DE EMPLEO, suscriptos en el marco de la Ley Nº 25.414, entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales adheridos y los representantes empresariales y sindicales de diversos sectores de la economía, y

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que en los referidos Convenios, celebrados con el objeto de mejorar la competitividad nacional e internacional del sistema productivo argentino, cada una de las partes asumió una serie de compromisos, a fin de crear las condiciones favorables a la inversión y al empleo y contribuir a la paz social.

Que, asimismo, el Gobierno Nacional se comprometió a propiciar políticas activas, tendientes a reactivar la producción y estimular la creación de puestos de trabajo.

Que, en esta instancia, corresponde dar por aprobados los convenios de que se trata, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos tenidos en cuenta al momento de su celebración.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete. Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 1º de la Ley Nº 25.414.

Referencias Normativas:

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1º.- Danse por aprobados, a partir de las fechas de su suscripción, los CONVENIOS PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA GENERACION DE EMPLEO, celebrados en el marco de la Ley Nº 25.414, entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales adheridos y los representantes empresariales y sindicales de diversos sectores de la economía, los cuales, en copia autenticada, forman parte integrante del presente decreto como Anexo.

Referencias Normativas:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2.- El acceso total o parcial a los beneficios acordados en los Convenios aprobados por el presente decreto, por parte de cada empresa, estará condicionado por la incidencia que para ella tenga la actividad prevista en los mismos.

A tales efectos, los Organismos competentes del PODER EJECUTIVO NACIONAL, fijarán los límites para el acceso a cada uno de los beneficios y la proporción en que se gozará de cada uno de ellos, de acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior.

Contraer Artículo 3:

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


Contraer CONVENIOS PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA GENERACION DE EMPLEO

CONVENIO PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA GENERACION DE EMPLEO DEL SECTOR PRODUCTOR DE BANANAS

PARTES:

ESTADO NACIONAL

ESTADOS PROVINCIALES

ASOCIACION DE PRODUCTORES DE FRUTAS Y HORTALIZAS DE SALTA

CAMARA FRUTIHORTICOLA DE JUJUY

ASOCIACION DE PRODUCTORES FRUTIHORTICOLAS DE FORMOSA

UATRE

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los treinta días del mes de julio del año dos mil uno se reúnen en el Salón Blanco de la Casa de Gobierno de La Nación, el Gobierno Nacional, los Gobiernos de las Provincias de Formosa, Jujuy y Salta, la Asociación de Productores de Frutas y Hortalizas de Salta (APFHS), la Cámara Frutihortícola de Jujuy (CFI) y la Asociación de Productores Frutihortícolas de Formosa (APFF), en representación de los productores de bananas y la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) en representación de los trabajadores rurales, con el objeto de mejorar la competitividad nacional e internacional del sistema productivo argentino, crear las condiciones favorables a la inversión y al empleo y contribuir a la paz social, para lo cual asumen los siguientes compromisos:

1 .- El GOBIERNO NACIONAL se compromete a otorgar para el sector productor de bananas, los siguientes beneficios, atendiendo la legislación que se encuentre vigente:

1.1 Eximir del pago del impuesto sobre los intereses pagados y el costo financiero del endeudamiento empresario.

1.2 Eximir del pago del impuesto a la renta mínima presunta.

1.3 Otorgar al pago de los Aportes Patronales destinados al subsistema provisional el carácter de crédito fiscal IVA. En el caso de exportadores, se las considerará comprendidas en el régimen previsto en el artículo 43 de la misma norma legal.

1.4 Los puntos 1.1, 1.2 y 1.3 se regirán, para aquellos productores cuya producción principal es la agropecuaria, conforme al Decreto N° 935 del 26 de julio de 2001.

1.5 Instrumentar acciones para el control del comercio desleal en importaciones de bananas. Revisar los procedimientos para la aplicación de medidas de salvaguardia y antidumping con el objeto de simplificar la tramitación y acelerar las decisiones. Gestionar con la Administración Federal de Ingresos Públicos la instrumentación de mecanismos de selectividad o valores preventivos para las importaciones de bananas.

1.6 Gestionar ante la Cancillería para que la Banana sea incluido dentro de los productos sensibles en el acuerdo del ALCA - Area de Libre Comercio de las Américas.

1.7 Mantener la línea de créditos del Banco de la Nación Argentina para la compra de bienes de capital al 7% de interés. Para hacer factible la tasa del 7% y teniendo en cuenta los costos del fondeo, el Banco recibirá durante la vigencia de cada préstamo un aporte adicional de:

a) el Estado Nacional: dos (2) puntos porcentuales anuales; y b) los Estados Provinciales: dos (2) puntos porcentuales anuales.

1.8 Establecer líneas especiales de financiación particularmente en el marco del Programa a Tasa Bonificada que administra la SEPYME para las empresas del sector. que acepten un control de flujo físico de producto a fin de certificar que todo lo producido se factura legalmente. Las empresas deberán, también, demostrar que sus insumos los adquieren del mismo modo.

1.9 Implementar asistencia crediticia para pequeños productores del Complejo productor de bananas, adecuando instrumentos financieros y/o presupuestarios que permitan al sector productor primario acceder a recursos para su reconversión tendiente a modelos más competitivos a través de Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

1.10 Adecuar el marco normativo para que se facilite la reconversión y reinserción prioritaria dentro del sector productor de bananas, de ex-trabajadores de la actividad, que hubieren quedado desocupados con anterioridad a la firma de este acuerdo. Este sistema especial de promoción del empleo se instrumentará entre las asociaciones sindicales y las representaciones empresarias.

1.11 Gestionar las acciones necesarias para que los trabajadores comprendidos en el presente convenio de competitividad perciban los beneficios de asignaciones familiares en forma directa.

1.12 Realizar acciones tendientes a acelerar la reglamentación del Decreto de Compre Nacional dentro del menor plazo posible.

1.13 Promover las negociaciones con el Estado Nacional y los Provinciales en relación a sus compras de bananas para Proyectos Sociales.

Los compromisos asumidos por el GOBIERNO NACIONAL se mantendrán en la medida que las PARTES cumplan cabal y oportunamente con sus propios compromisos y tendrán vigencia hasta el 31 de marzo de 2003.

2.- Los GOBIERNOS PROVINCIALES se comprometen a otorgar al sector productor de bananas los siguientes beneficios:

2.1 Eximir del pago del Impuesto a los Ingresos Brutos en la etapa productiva para aquellas provincias que aún no lo hayan hecho.

2.2 Mantener el aporte del 2% mencionado en el apartado 1.7.

2.3 Impulsar y propiciar medidas tendientes a la eliminación o absorción de tasas municipales que afecten los procesos productivos.

2.4 Asumir, en caso de no haberlo hecho, los compromisos necesarios para la implementación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (PRODERNEA y PRODERNOA) mencionada en el apartado 1.9.

2.5 Consensuar en el marco del Sistema Integrado del Trabajo y Seguridad Social y en el ámbito del Consejo Nacional de Trabajo Agrario, la verificación del cumplimiento de los compromisos laborales asumidos por las partes signatarias del presente acuerdo.

3.- Los PRODUCTORES de BANANAS, representados por la Asociación de productores de Frutas y Hortalizas de Salta (APFHS), la Cámara Frutihortícola de Jujuy (CFI) y la Asociación de Productores Frutihortícolas de Formosa (APFF), se comprometen a preservar los niveles de empleo existentes a la fecha de suscripción del presente acuerdo, por el término de un año. Asimismo y con la participación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos, las representaciones sindicales y empresariales analizarán la implementación de mecanismos Institucionales, que permitan preservar el empleo ante situaciones de crisis.

4.- La PARTE SINDICAL representada por la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE), en representación de los trabajadores rurales, se comprometen a apoyar las medidas emergentes de este acuerdo, que contribuyan a mejorar la competitividad y la generación de empleo.

5.- La PARTE EMPRESARIA representada la Asociación de productores de Frutas y Hortalizas de Salta (APFHS), la Cámara Frutihortícola de Jujuy, (CFI) y la Asociación de productores Frutihortícolas de Formosa (APFF), y la PARTE SINDICAL representada por la UATRE, se comprometen a:

5.1 Consensuar en el marco del Sistema Integrado de Inspección del Trabajo y Seguridad Social y en el ámbito del Consejo Federal del Trabajo, la verificación del cumplimiento de los compromisos laborales asumidos por las partes signatarias del presente acuerdo. Asimismo, en el ámbito del Consejo Federal del Trabajo y de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, conjuntamente con la participación de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, se impulsarán acciones que permitan eliminar el empleo no registrado y demás distorsiones que el incumplimiento de la normativa de trabajo y de la seguridad social provoca en los mercados, como así también dar comienzo a las negociaciones tendientes a la actualización o renovación de los acuerdos salariales y acuerdos de trabajo.

5.2 Las partes analizarán las condiciones en que se desenvuelve el sector PyMEs de la actividad, con la finalidad de iniciar tratativas tendientes a la inclusión de un capítulo específico que comprenda a dichas empresas en los aspectos enunciados en el párrafo anterior.

5.3 En el marco de los compromisos recíprocos asumidos en el presente acuerdo, ambas partes se comprometen a atender criterio de productividad y de respeto a los derechos de los trabajadores, a fin de mejorar la competitividad del sector.

5.4 Las partes empresariales y sindicales, con la participación del Gobierno Nacional, a través de sus áreas competentes, convienen en diseñar y ejecutar, de manera conjunta, un Programa de Formación Profesional para el sector productor de bananas, destinado a incrementar la capacitación y el nivel de calificación de los trabajadores desocupados.

6.- CLAUSULA GENERAL:

6.1 Dada la reconocida necesidad de recuperar la actividad productiva de bananas y vista la decisión del Gobierno Nacional de propiciar políticas activas, tendientes a reactivar este sector y estimular la creación de puestos de trabajo, se considera conveniente dar continuidad a la concurrencia del Estado Nacional -conjuntamente con las representaciones empresarias y sindical- para encontrar soluciones a los problemas que aquejan a la actividad. En consecuencia, se conviene constituir una Comisión de Seguimiento del Acuerdo y de Elaboración de un Programa de Reconversión Estratégico. La Comisión que se crea por este acuerdo estará integrada por cinco (5) representantes del Gobierno Nacional (dos en representación del Ministerio de Economía, uno en representación del Ministerio del Interior, uno en representación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos y uno de la Administración Federal de Ingresos Públicos), tres (3) representantes del sector empresario, un (1) representante del sector sindical y tres (3) representantes de las Provincias que serán elegidos a través del Consejo Federal Agropecuario; los cargos serán desempeñados con carácter "ad-honorem". En su primera reunión, la Comisión aprobará su reglamento de funcionamiento. Toda vez que la Comisión trate cuestiones específicas que hicieran necesaria la intervención de otros Organismos Públicos, éstos serán convocados con carácter no permanente.

Entre otras funciones, esta Comisión tendrá las siguientes:

1) Impulsar el efectivo cumplimiento de los compromisos asumidos.

2) Considerar otras propuestas que las partes signatarias estimen pertinentes para el logro de los objetivos del presente acuerdo, entre las que se podría incluir:

a. Impulsar la creación de mecanismos necesarios para flexibilizar y acelerar la devolución de los créditos fiscales del IVA vinculados a operaciones de comercio exterior.

b. Recibir los requerimientos que le presenten las empresas del sector, en relación a sus pasivos originados en deudas provisionales y fiscales, los que serán elevados, para su tratamiento en forma prioritaria, a las autoridades que correspondieron.

c. Analizar y proponer nuevos mecanismos de pago que permitan regularizar los atrasos impositivos y provisionales de las empresas y de las obras sociales de estos sectores.

d. Analizar mecanismos para que los productores y las empresas del Sector Productor de Bananas Nacional que dispongan de saldos técnicos de IVA, puedan utilizar los mismos como garantía de créditos en el sistema financiero.

e. Mejoramiento de la transitabilidad de la ruta N° 81 que une las localidades de Embarcación a Formosa, que permitiría dar acceso a los productos a la hidrovía.

Los compromisos asumidos caducarán y tendrán finalización el 31 de marzo de 2003.

No siendo para más, se suscriben tantos ejemplares como partes, de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

CONVENIO PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD DE LA CADENA YERBATERA

PARTES:

- ESTADO NACIONAL

- ESTADOS PROVINCIALES

- ASOCIACION DE PLANTADORES DEL NORDESTE

- ASOCIACION DE PRODUCTORES DE LA ZONA CENTRO DE MISIONES

- ASOCIACION DE PRODUCTORES DE LA ZONA SUR DE MISIONES

- ASOCIACION RURAL YERBATERA ARGENTINA

- CENTRO AGRARIO YERBATERO ARGENTINO

- FEDERACION DE COOPERATIVAS AGRICOLAS DE CORRIENTES

- FEDERACION DE COOPERATIVAS AGRICOLAS DE MISIONES

- MOVIMIENTO AGRARIO DE MISIONES

- UNION DE AGRICULTORES MISIONEROS

- ASOCIACION SECADEROS ALTO PARANA

- ASOCIACION SECADEROS DE YERBA MATE

- COOPERATIVA LAS TUNAS - SECADEROS ZONA SUR

- CAMARA DE MOLINEROS DE YERBA MATE DE LA ZONA PRODUCTORA

- FEDERACION DE MOLINEROS DE YERBA

- UATRE

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los treinta días del mes de julio de 2001,

se reúnen en el Salón Blanco de la Casa de Gobierno de la Nación, el Gobierno

Nacional, los Gobiernos de las Provincias de Corrientes y Misiones, la Asociación de Plantadores del Nordeste, la Asociación de Productores de la Zona Centro de Misiones, la Asociación de Productores de la Zona Sur de Misiones, la Asociación Rural Yerbatera Argentina, el Centro Agrario Yerbatero Argentino, la Federación de Cooperativas Agrícolas de Corrientes, la Federación de Cooperativas Agrícolas de Misiones, el Movimiento Agrario de Misiones, la Unión de Agricultores Misioneros en su carácter de representantes del sector productivo de yerba mate, la Asociación Secaderos Alto Paraná, la Asociación Secaderos de Yerba Mate, la Cooperativa Las Tunas - Secaderos Zona Sur en su carácter de representantes del sector de los secaderos, la Cámara de Molineros de Yerba Mate de la Zona Productora, la Federación de Molineros de Yerba, en su carácter de representantes del sector industrial y la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) en representación de los trabajadores rurales, con el objeto de mejorar la competitividad nacional e internacional del sistema productivo argentino, crear condiciones favorables a la inversión y al empleo, apoyar la modernización de los sectores productivos e industriales mencionados y contribuir a la paz social, asumiendo los siguientes compromisos:

1. EL GOBIERNO NACIONAL: Se compromete a instrumentar para el sector del complejo yerbatero los siguientes beneficios, atendiendo la legislación que se encuentra vigente:

1.1. Declarar la Emergencia Pública de la actividad yerbatera (incluye producción, cosecha, secanza, molienda, empaque e industrialización).

1.2. Gestionar la asistencia financiera para el Complejo yerbatero, con intervención de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, el Banco de la Nación Argentina y el Banco de Inversión y Comercio Exterior, mediante instrumentos financieros y/o presupuestarios que permitan al sector productor primario. acceder a recursos tendientes a instrumentar modelos más competitivos.

1.3. Eximir del pago del impuesto sobre los intereses pagados y el costo financiero del endeudamiento empresario.

1.4. Eximir del pago del impuesto a la renta mínima presunta.

1.5. Otorgar al pago de los Aportes Patronales destinados al subsistema provisional el carácter de crédito fiscal IVA. En el caso de exportadores, se las considerará comprendidas en el régimen previsto en el artículo 43 de la misma norma legal.

1.6. Los puntos 1.3, 1.4 y 1.5 se regirán, para aquellos productores cuya producción principal es la agropecuaria, conforme al Decreto N° 935 del 26 de julio de 2001.

1.7. Dictar las normas que faciliten el mantenimiento ocupacional de los trabajadores del complejo yerbatero en el marco de su competencia.

1.8. Impulsar la generación de un régimen simplificado para la Seguridad Social que permita regularizar la situación laboral de los trabajadores no permanentes del sector, brindando, asimismo cobertura de riesgos del trabajo, el que deberá ser presentado al Poder Legislativo en un plazo máximo de sesenta (60) días.

1.9. Gestionar ante el ANSES la inclusión dentro del régimen de sistema de directo de asignaciones familiares a los productores y empleados yerba que voluntariamente quieran adherir al mismo.

1.10. Establecer una línea especial de financiación en el marco de la política de tasas que administra la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa para -las empresas del Complejo Yerbatero que acepten un control de flujo físico de producto a fin de certificar que todo lo producido se factura legalmente. Las empresas deberán, también, demostrar que sus insumos los adquieren del mismo modo.

1.11. Analizar nuevos mecanismos de pago que permitan regularizar los atrasos impositivos y provisionales de las empresas, obras sociales y cooperativas del sector yerbatero.

1.12. Promover la firma de un convenio de colaboración entre la AFIP y las Direcciones de Rentas de las provincias involucradas para realizar los controles de la hoja de ruta yerbatera en las Rutas Nacionales N°s 12 y 14, a efectos de fiscalizar, disminuir el mercado marginal y poder contar con estadísticas reales de stock.

1.13. Apoyo al Programa Especial de Modernización y/o Diversificación productiva, del que se hace referencia en el punto 5.5, generando las instancias interministeriales que permitan su concreción.

1.14. Propiciar que en todos los programas nacionales de provisión de alimentos, se incluya a la yerba mate, controlando que cumpla con las normas establecidas por el Código Alimentario Argentino, que sea fabricada por empresas debidamente inscriptas en los registros correspondientes y que las mismas acepten el control de flujo físico descripto en el punto 1.10.

1.15.Propiciar la implementación de mecanismos para otorgar seguridad en la cadena de pagos tales como la "Factura conformada".

Los compromisos asumidos por el Gobierno Nacional se mantendrán en la medida que las partes cumplan cabal y oportunamente con sus propios compromisos y tendrán vigencia hasta el 31 de marzo de 2003.

2.- Los GOBIERNOS PROVINCIALES y MUNICIPALES se comprometen a otorgar al sector primario y al sector industrial los siguientes beneficios:

2.1. Eximir del pago del Impuesto a los Ingresos Brutos en la etapa primaria e industrial en aquellas provincias en los que en la actualidad no se encuentre exento.

2.2. Impulsar y propiciar medidas tendientes a la eliminación de tasas municipales que afecten los procesos productivos y de comercialización especialmente la Tasa de Seguridad e Higiene al sector industrial PYME.

2.3. Eliminar del pago del impuesto a los sellos que grava a la actividad productiva en aquellas provincias en que aún se aplica.

2.4. Eliminar todas las regulaciones no laborales que traban la inversión, producción, y comercialización en la producción primaria, secanza e industrialización.

2.5. Consensuar en el marco del Sistema Integrado de Inspección del Trabajo y Seguridad Social y en el ámbito del Consejo Federal del Trabajo, la verificación del cumplimiento de los compromisos laborales asumidos por las partes signatarias del presente acuerdo. Asimismo en el ámbito del Consejo Federal del Trabajo y de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, conjuntamente con la participación de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, se impulsarán acciones que permitan eliminar el empleo no registrado y demás distorsiones que el incumplimiento de la normativa de trabajo y de la seguridad social provoca en los mercados.

2.6. Propiciar que en los programas provinciales de provisión de alimentos, se incluya a la yerba mate envasada en origen, adquiriendo la misma únicamente a quienes acepten el control de flujo físico descripto en el punto 1.10.

2.7. Fortalecer los controles bromatológicos, con el fin de hacer cumplir las reglamentaciones, en especial en lo que se refiere al contenido de polvo y palo, tal como lo establece el Código Alimentario Argentino.

2.8. Realizar el reempadronamiento de todos los actores de la cadena agroalimentaria, lo que permitirá determinar a ciencia cierta la producción y comercialización de yerba mate y la articulación entre los diferentes actores.

2.9. Realizar la actualización del relevamiento satelital del estado productivo de los yerbales, incluyendo en este estudio, la identificación de yerbales de baja, media y alta densidad. Contar con estadísticas de producción, comercialización, stocks, productores, y mano de obra, de manera confiable para poder tomar decisiones certeras. El mismo deberá estar concluido en un plazo no mayor a 3 meses.

2.10. Fortalecimiento institucional de los organismos provinciales específicos ligados al sector, para efectivizar los controles dentro de su competencia.

3.- Los PRODUCTORES, SECADEROS e INDUSTRIALES, representados por las en firmantes del presente convenio:

3.1. Los productores que se vean beneficiados por las medidas otorgadas por el Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales, deberán enmarcarse dentro de un Programa de Modernización y/o Diversificación de la Región Yerbatera a consensuar en la mesa creada en el punto "5. Cláusula General".

3.2. Preservar los niveles de empleo existentes a la fecha de suscripción del presente acuerdo, hasta el 31 de marzo de 2003. Asimismo y con la participación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos, las representaciones sindicales y empresariales analizarán la implementación de mecanismos institucionales, que permitan preservar el empleo ante situaciones de crisis.

3.3. Realizar los esfuerzos conducentes para incrementar la productividad, el consumo interno y las exportaciones bajo pautas de calidad y sanidad que permitan atender los requerimientos de los mercados.

3.4. Acordar mecanismos que modernicen y den seguridad a las relaciones comerciales entre los distintos integrantes de la actividad yerbatera, tendiendo a que los beneficios que se obtengan del presente convenio, se reflejen en los ingresos de la producción. Generar los instrumentos en las relaciones contractuales que permitan transparentar la comercialización y reducir los niveles de evasión en el sector.

3.5. Las partes se comprometen a atender criterios de productividad y de respeto a los derechos de los trabajadores a fin de mejorar la competitividad del sector.

3.6. El sector industrial se compromete a adecuar sus procedimientos industriales en base al manual de Buenas Prácticas de Manufactura para la yerba mate.

3.7. Como aporte concreto al compromiso de combatir a la evasión y mejorar la competitividad, las partes incorporarán, con la intervención del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Provinciales, cuando sea necesario, mecanismos negociables tendientes a la regularización del trabajo no registrado de la actividad y prestando especial atención a la lucha contra organizaciones delictivas que proporcionan trabajo a menores, - inmigrantes ilegales y trabajadores desprotegidos, atentando contra la dignidad y derechos humanos de las personas.

4.- La PARTE SINDICAL representada por la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE), en representación de los trabajadores rurales, se comprometen a apoyar las medidas emergentes de este acuerdo, que contribuyan a mejorar la competitividad y la generación de empleo.

5.- CLAUSULA GENERAL

Dada la reconocida necesidad de recuperarla actividad regional del complejo yerbatero y vista la decisión del Gobierno Nacional de propiciar políticas activas, tendientes a reactivar esta región y estimular la creación de puestos de trabajo se considera conveniente dar continuidad a la concurrencia del Estado Nacional creando en el ámbito de la SAGPyA una Mesa de Acuerdo Procompetitivo de la Actividad Yerbatera que trabajará de manera conjunta y armonizada con el sector privado yerbatero y con la participación de todos los organismos relacionados y los sectores firmantes de este acuerdo.

Esta Mesa estará integrada por cinco (5) representantes del Gobierno Nacional (uno del Ministerio de Economía, uno de la SAGPyA, uno del Ministerio del Interior, uno del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos y uno de la Administración Federal de Ingresos Públicos), dos (2) representantes de la provincia de Misiones, un (1) representante de la provincia de Corrientes, dos (2) representantes de los productores, dos (2) representantes por los secaderos y dos (2) representantes del sector industrial. La actuación como integrante de esta Mesa tendrá carácter de "ad -honorem".

Entre otras funciones, esta Mesa tendrá como objetivo el diseño de un Programa de Reordenamiento Competitivo de corto, mediano y largo plazo que tendrá como componentes esenciales:

5. 1. Garantizar que el impacto de las medidas indirectas expresadas en la cláusula I se reflejen en los ingresos de los productores primarios en la proporción correspondiente.

5.2. Impulsar el efectivo cumplimiento de los compromisos asumidos de acuerdo con lo que se establezca en las normas que sudan a partir de la firma de este Convenio.

5.3. Considerar otras propuestas que las partes signatarias estimen pertinentes para el logro de los objetivos del presente acuerdo.

5.4. Analizar las posibilidades que ofrece el cultivo de la yerba mate desde el punto de vista productivo, industrial y comercial.

5.5. Diseño e instrumentación de un Programa Especial de modernización y/o Diversificación productiva. El programa deberá estar diseñado a fines de diciembre del año 2001.

5.6. Diseño de modelos de crédito para la modernización y/o diversificación productiva, que serán aplicables para todas las líneas emergentes de programas internacionales, nacionales, provinciales y municipales.

5.7. Fortalecer la acción conjunta entre la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Nación, el Ministerio de Salud de la Nación, las provincias involucradas, y el sector privado, para reducir el máximo de palo y polvo permitido en el paquete de yerba mate, establecido actualmente por el Código Alimentario.

5.8. Analizar la exención y/o reducción del pago del Fondo de Promoción y Educación Cooperativa (Ley 20.337) a las cooperativas yerbateras.

5.9. Analizar la implementación de un sistema de cobertura de atención de la salud del productor yerbatero, no amparado por las obras sociales, básicamente promoviendo la implementación de convenios tarifados, con retenciones por parte de los acopiadores, que incluya los aportes provisionales del productor.

5. 10. Generalizar la aplicación de Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) y Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), tendientes a garantizar la calidad y sanidad de la producción, preservando el medio ambiente. La generalización tendrá como meta la incorporación de todo el universo de productores agrícolas a finales del año 2002.

5.11. Diseñar e instrumentar un sistema de información, que oriente y facilite las relaciones entre los distintos sectores de la Actividad Yerbatera.

5.12. Solicitar a los municipios del área productiva que eleven a la mesa Pro--Competitiva un Programa de reducción del canon de espacio aéreo a la energía y de mantenimiento efectivo de caminos rurales.

5.13. Analizar los componentes impositivos y elaborar una propuesta alternativa.

5.14. Identificar proyectos prioritarios de investigación y desarrollo.

5.15. Identificar y justificar las inversiones necesarias para el sector público.

5.16. Analizar con profundidad el sistema de transporte terrestre e infraestructura vial y ferroviaria, desde las zonas productoras hasta los principales centros de consumo y puertos de embarque, y diseñar una propuesta de política adecuada a las necesidades del sector.

5.17. Establecer un mecanismo de cooperación y coordinación permanente para el sector.

Los compromisos asumidos tendrán vigencia hasta el 31 de marzo del 2003.

Se suscriben tantos ejemplares como partes de un mismo tenor y a un solo efecto

el lugar y fecha indicados ut-supra.

CONVENIO PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDA LA GENERACION DE EMPLEO DEL SECTOR CITRICOLA

PARTES:

ESTADO NACIONAL

ESTADOS PROVINCIALES

ASOCIACION TUCUMANA DEL CITRUS

FEDERACION ARGENTINA DEL CITRUS

ASOCIACION DE PRODUCTORES DE FRUTAS Y HORTALIZAS DE SALTA

CAMARA FRUTIHORTICOLA DE JUJUY

UATRE

En la Ciudad de Buenos Aires a los treinta días del mes de julio de 2001, en el Salón Blanco de la Casa de Gobierno de la Nación se reúnen el Gobierno Nacional, los Gobiernos de las Provincias de Corrientes, Misiones, Salta, Jujuy y Tucumán, la Asociación Tucumana del Citrus, la Federación Argentina del Citrus, la Asociación de Productores de Frutas y Hortalizas de Salta y la Cámara Frutihortícola de Jujuy, en representación de los productores de Cítricos y la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) en representación de los trabajadores rurales, con el objeto de mejorar la competitividad nacional e internacional del sistema productivo argentino, crear condiciones favorables a la inversión y al empleo, apoyar la reconversión de los sectores productivos e industriales mencionados y contribuir a la paz social, asumen los siguientes compromisos.

1.- EL GOBIERNO NACIONAL se compromete a instrumentar para los sectores del Complejo Citrícola Nacional (incluye producción, cosecha, frío, empaque e industria), los siguientes beneficios, atendiendo la legislación que se encuentra vigente:

1.1. Declarar la Emergencia Pública del Complejo Citrícola Nacional

1.2. Eximir del pago del impuesto sobre los intereses pagados y el costo financiero del endeudamiento empresario.

1.3. Eximir del pago del impuesto a la renta mínima presunta.

1.4. Otorgar al pago de los Aportes Patronales destinados al subsistema provisional el carácter de crédito fiscal IVA. En el caso de exportadores, se las considerará comprendidas en el régimen previsto en el artículo 43 de la misma norma legal.

1.5. Los puntos 1.2, 1.3 y 1.4 se regirán, para aquellos productores cuya producción principal es la agropecuaria, conforme al Decreto N° 935 del 26 de julio de 2001.

1.6. Analizar nuevos mecanismos de pago que permitan regularizar los atrasos impositivos y provisionales de las empresas del Complejo Citrícola Nacional.

1.7. Establecer una línea especial de financiación en el marco del Programa de Bonificación de Tasas que administra la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa para las empresas del Complejo Citrícola Nacional que acepten un control de flujo físico de producto a fin de certificar que todo lo producido se factura legalmente. Las empresas deberán, también, demostrar que sus insumos los adquieren del mismo modo.

1.8. Instrumentar acciones para el control del comercio desleal en importaciones de fruta. Revisar los procedimientos para la aplicación de medidas de salvaguardia y antidumping con el objeto de simplificar la tramitación y acelerar las decisiones. Gestionar con la Administración Federal de Ingresos Públicos la instrumentación de mecanismos de selectividad o valores preventivos para las importaciones citrícolas.

1.9. Dictar las normas que, dentro del marco de su competencia, faciliten el mantenimiento ocupacional de los trabajadores del complejo citrícola.

1.10. Impulsar la generación de un régimen simplificado para la Seguridad Social que permita regularizar la situación laboral de los trabajadores no permanentes del sector, brindando, asimismo cobertura de riesgos del trabajo, el que deberá ser presentado al Poder Legislativo en un plazo máximo de sesenta (60) días.

1.11. Implementar medidas de política comercial para facilitar el acceso a los mercados internacionales y a la promoción de nuestras exportaciones, en especial para los nuevos pequeños exportadores y para aquellos destinos donde la participación Argentina es menor al 10% del mercado.

1.12. Eximir del pago de aranceles de importación a los elementos intervinientes en el combate biológico de plagas y del material vegetal necesario para la reconversión citrícola y de todos los insumos que se utilicen en planes fitosanitarios aprobados por organismos nacionales competentes.

1.13. Efectuar ajustes en los reintegros a las exportaciones de frutas cítricas hasta el 31 de diciembre de 2001 en la medida en que el costo fiscal de los mismos no produzca efectos no deseados en las previsiones presupuestarias.

1.14. Analizar mecanismos para que los productores y las empresas del Sector Citrícola Nacional que dispongan de saldos técnicos de IVA, puedan utilizar los mismos como garantía de créditos en el sistema financiero.

1.15. Analizar medidas que eviten la acumulación de créditos fiscales de IVA a favor del contribuyente, incrementada a partir de la fecha de entrada en vigencia del Decreto N° 814/2001

1.16. Extremar las medidas de control fitosanitario sobre el tráfico de material vegetal

por parte del SENASA con el objeto de impedir el ingreso de nuevas plagas o enfermedades cuarentenarias.

Los compromisos asumidos por el Gobierno Nacional se mantendrán en la medida que las partes cumplan cabal y oportunamente con sus propios compromisos, deberán estar amparados por las normas legales correspondientes antes del 31 de diciembre de 2001 y tendrán vigencia hasta el 31 de marzo de 2003.

2..-Los GOBIERNOS PROVINCIALES se comprometen a otorgar a los sectores firmantes los siguientes beneficios:

2.1. Mantener y/o implementar la exención sobre los Ingresos Brutos, Sellos, Salud Pública en las Provincias que corresponda y del PACIS para la provincia de Tucumán. Implementar la exención de aquellas tasas y/o contribuciones cuya base imponible sean las ventas, en las Provincias que corresponda.

2.2. Presentar antes del 30 de julio del 2001 un programa de reducción del impuesto de Ingresos Brutos a la compra-venta de bienes de capital, de insumos de empaque, y de agroquímicos destinados a los Planes Sanitarios aprobados por organismos competentes.

2.3. Consensuar en el marco del Sistema Integrado de Inspección del Trabajo y Seguridad Social y en el ámbito del Consejo Federal del Trabajo y la Comisión de Trabajo Agrario, la verificación del cumplimiento de los compromisos laborales asumidos por las partes signatarias del presente acuerdo. Asimismo, en el ámbito del Consejo Federal del Trabajo, conjuntamente con la participación de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, se impulsarán acciones que permitan eliminar el empleo no registrado y demás distorsiones que el incumplimiento de la norma de trabajo y de la seguridad social provoca en los mercados.

2.4. Fortalecer institucionalmente a los organismos provinciales específicos.

3.- Las ENTIDADES signatarias: la Asociación Tucumana del Cítrus, la Federación Argentina del Citrus, la Asociación de Productores de Frutas y Hortalizas de Salta y la Cámara de Frutihorticultores de Jujuy, se comprometen a:

3.1. Preservar los niveles de empleo existentes a la fecha de suscripción del presente acuerdo, hasta el 31 de marzo de 2003. Con la participación del Ministerio Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos y representaciones empresarias se analizará la implementación de mecanismos institucionales, que permitan preservar el empleo ante situaciones de crisis.

3.2. Realizar los esfuerzos conducentes para incrementar la productividad, la producción y las exportaciones bajo pautas de calidad y sanidad que permitan atender los requerimientos de los mercados, en coordinación y colaboración de los organismos nacionales y provinciales competentes. En este marco se promoverá el uso de plantines certificados y el cumplimiento de los planes y normas fitosanitarias.

3.3. Acordar mecanismos que modernicen y den certeza jurídica a las relaciones comerciales entre los distintos integrantes del Complejo Citrícola Nacional tendiendo a que los beneficios que se obtengan del presente convenio se reflejen en los ingresos de la producción. El método y comprobante cierto a utilizar deberá estar acordado antes del mes de diciembre de 2001.

3.4. Las partes se comprometen a atender criterios de productividad y de respeto a los derechos de los trabajadores a fin de mejorar la competitividad del sector.

3.5. Como aporte concreto al compromiso de combatir a la evasión y mejorar la competitividad, las partes incorporarán, con la intervención del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Provinciales, cuando sea necesario, mecanismos negociables tendientes a la regularización del trabajo no registrado de la actividad y prestando especial atención a la lucha contra organizaciones delictivas que proporcionan trabajo a menores, inmigrantes ilegales y trabajadores desprotegidos, atentando contra la dignidad y derechos humanos de las personas.

4.- La PARTE SINDICAL representada por la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE), en representación de los trabajadores rurales, se comprometen a apoyar las medidas emergentes de este acuerdo, que contribuyan a mejorar la competitividad y la generación de empleo.

5.- CLAUSULA GENERAL

Dada la reconocida necesidad de recuperar la competitividad del complejo Citrícola Nacional y vista la decisión del Gobierno Nacional de. propiciar políticas activas, tendientes a reactivar estas regiones y estimular la creación' de puestos de trabajo se considera conveniente dar continuidad a la concurrencia del Estado Nacional creando en el ámbito de la SAGPYA una Mesa de Acuerdo Procompetiüvo de la Citricultura con la participación de todos los organismos relacionados y los sectores firmantes de e acuerdo.

Esta Mesa estará integrada por cinco (5) representantes del Gobierno Nacional (uno del Ministerio de Economía, uno de la SAGPyA, uno de] Ministerio del Interior, uno del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos y uno de la Administración Federal de Ingresos Públicos), un (1) representante por cada Provincia signataria y cinco (5) representantes por el sector privado firmante. La actuación como integrante de esta Mesa tendrá carácter de "ad - honorem".

Entre otras funciones, esta Mesa tendrá como objetivo el diseño de un Programa de Reordenamiento Competitivo de mediano y largo plazo que tendrá como componentes esenciales:

5.1. Impulsar el efectivo cumplimiento de los compromisos asumidos.

5.2. Considerar otras propuestas que las partes signatarias estimen pertinentes para el logro de los objetivos del presente acuerdo.

5.3. Proponer la aplicación de medidas de ayuda interna a los productores citrícolas de las provincias del Nordeste Argentino adecuando instrumentos financieros y/o presupuestarios que permitan al sector productivo acceder a recursos para su reconversión, tendiendo a modelos mas competitivos, con intervención de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, el Banco de la Nación Argentina, y el Banco de Inversión y Comercio Exterior.

5.4. Analizar la exención y/o reducción del pago del Fondo de Promoción y Educación Cooperativa (Ley 20.337) a las cooperativas citrícolas.

5.5. Diseñar una reingeniería integral del Complejo Citrícola Nacional, que comprenderá, entre otros, los siguientes aspectos:

5.5.1. La aplicación de Buenas Practicas Agrícolas (BPA) y Buenas Practicas de Manufactura (BPM) tendientes a garantizar la calidad, sanidad de los productos y la preservación del medio ambiente. La generalización tendrá como meta la incorporación de todo el universo de productores citrícolas.

5.5.2. El diseño de un Programa Especial de recuperación y/o diversificación para Productores en Riesgo Fitosanitario. El programa deberá estar diseñado antes de diciembre de 2002.

5.6. Diseñar modelos teóricos de crédito ara la diversificación y/o reconversión productiva. Los modelos de créditos aptos deberán estar diseñados antes diciembre de 2002. Y serán aplicables para todas las líneas emergentes de programas internacionales o nacionales.

5.7. Fortalecer la aplicación de la normativa vigente en materia de Sanidad Vegetal . Instrumentar el efectivo cumplimiento para fines de 2001.

5.8. Implementar en un plazo de hasta dos años un Sistema de Cobertura de Riesgo Agrícola.

5.9. Analizar en profundidad el sistema de transporte terrestre e infraestructura, vial y ferroviaria, desde las zonas productoras hasta los principales centros de consumo y puertos de embarque y diseñar una política adecuada a la necesidades del sector. Analizar comparativamente los sistemas de transporte de países competidores.

5.10. Analizar y proponer medidas para flexibilizar el régimen de exportación de fruta en consignación a efectos de que: 1) Se autorice que en los casos de fruta decomisada o llegada en mal estado pueda considerarse reingresada al País mediante la presentación de una certificación de un organismo competente del país receptor que pruebe su destrucción, 2) para los reembolsos de exportación y la devolución del IVA exportación se tome como base para su liquidación el precio de la exportación definitiva y no el de referencia indicado en el permiso de embarque.

5.11. Analizar la adecuación de la Resolución General AFIP N° 200 en lo referente a la compensación de aportes al SUSS con saldos de IVA y la liquidación de intereses resarcitorios.

5.12. Analizar la adecuación de la Resolución General AFIP N° 616 - Anexo 10, en lo referido a la situación de las Cooperativas y Consorcios de Exportación que realizan las exportaciones por cuenta de terceros, y proponer medidas tendientes a lograr que estas empresas puedan recuperar el IVA de los insumos agregados. Asimismo, se está trabajando para implementar medidas impositivas necesarias para impulsar la actividad de las cooperativas y consorcios de exportación.

5.13. Analizar los mecanismos de devolución de créditos fiscales de IVA relacionados con operaciones de exportación en cuanto al cumplimiento de los plazos establecidos en la normativa vigente, y en caso de ser necesario, proponer medidas para su agilización.

5.14. Proponer la exención de impuestos internos a las bebidas que contengan un mínimo de 10% de jugo en la bebida final lista para consumir (S% si se trata de limón) y provenientes de frutas de producción nacional.

5.15. En un lapso no mayor a sesenta (60) días la Mesa deberá presentar la evaluación de las medidas y cómo las mismas impacten en la mejora del Complejo Citrícola Nacional.

Los compromisos asumidos tendrán vigencia hasta el 31 de marzo del 2003.

Se suscriben tantos ejemplares como partes de un mismo tenor y a un solo efecto en lugar y fecha indicados en la cabecera.

CONVENIO PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA GENERACION DE EMPLEO

DE LA CADENA VITIVINICOLA

PARTES:

ESTADO NACIONAL

ESTADOS PROVINCIALES

ASOCIACION DE VIÑATEROS DE MENDOZA

ASOCIACION VITIVINICOLA ARGENTINA

CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES Y EXPORTADORES DE MOSTO

CAMARA DE BODEGUEROS DE SAN JUAN

CAMARA DE BODEGUEROS DEL OESTE RIOJANO

CAMARA DE COMERCIO EXTERIOR DE SAN IUAN

CAMARA RIOJANA DE PRODUCTORES AGRICOLAS

CAMARA VITIVINICOLA DE SAN JUAN

CENTRO DE BODEGUEROS DE MENDOZA

CENTRO DE BODEGUEROS DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO CENTRO DE VIÑATEROS Y BODEGUEROS DEL ESTE

FEDERACION DE COOPERATIVAS VITIVINICOLAS ARGENTINAS. FECOVITA

FEDERACION DE PRODUCTORES DE FRUTAS DE RIO NEGRO Y NEUQUEN

UNION VITIVINICOLA ARGENTINA

FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS VITIVINICOLAS Y AFINES

UATRE

En la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires a los treinta días del mes de julio del año dos mil uno se reúnen en el Salón Blanco de la Casa de Gobierno de la Nación, el Gobierno Nacional, los Gobiernos de las Provincias de San Juan, Mendoza, Río Negro, Salta, Catamarca y La Rioja, la Asociación de Viñateros de Mendoza, la Asociación Vitivinícola Argentina, la Cámara Argentina de

Fabricantes y Exportadores de Mosto, la Cámara de Bodegueros de San Juan, la Cámara de Bodegueros del Oeste Riojano, la Cámara de Comercio Exterior de San Juan, la Cámara Riojana de Productores Agrícolas, la Cámara Vidvinícola de San Juan, el Centro de Bodegueros de Mendoza, el Centro de Bodegueros de la Provincia de Río Negro, el Centro de Viñateros y Bodegueros del Este, la Federación de Cooperativas Vitivinicolas Argentinas - Fecovita, la Unión Vitivinícola Argentina y la Federación de Productores, de Frutas de Río Negro y Neuquen, en su carácter de representantes del sector privado, la Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines, en su carácter de representantes de

los trabajadores de la industria vitivinícola, y la Unión Argentina de Trabajadores.

Rurales y Estibadores (UATRE) en representación de los trabajadores rurales con el objeto de mejorar la competitividad nacional e internacional del sistema productivo argentino, crear las condiciones favorables a la inversión y al empleo, apoyar a la reconversión de los sectores industriales mencionados y contribuir a la paz social, para lo cual asumen los siguientes compromisos:

1..- El GOBIERNO NACIONAL se compromete a otorgar al sector vitivinícola, entendiéndose por tal a la producción y/o industrialización de uva que se destine a vinos, jugos de uva, pasas y consumo en fresco, los siguientes beneficios, atendiendo a sus facultades:

1.1 Eximir del pago del impuesto sobre los intereses pagados y el costo financiero del endeudamiento empresario.

1.2 Eximir del pago del impuesto a la renta mínima presunta.

1.3 Otorgar al pago de los Aportes Patronales destinados al subsistema provisional el carácter de crédito fiscal IVA. En el caso de exportadores, se las considerará comprendidas en el régimen previsto en el artículo 43 de la misma norma legal.

1.4 Los puntos 1.1, 1.2 y 1.3 se regirán, para aquellos productores cuya producción principal es la agropecuaria, conforme al Decreto N° 935 del 26 de julio de 2001.

1.5 Fortalecer el proceso de modernización del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) en sus funciones de control en la elaboración, comercialización y certificación de exportaciones, como garantía de genuinidad y calidad del vino. Profundizar la acción coordinada del INV y la AFIP para impedir la evasión impositiva.

1.6 EI Gobierno Nacional, dentro del marco de su competencia, dictará las normas que faciliten la reconversión y reinserción prioritaria dentro del sector vitivínícola, de ex-trabajadores de la actividad, que hubieren quedado desocupados con anterioridad a la firma de este acuerdo. Este sistema especial de promoción del empleo se instrumentará entre las asociaciones sindicales y las representaciones empresarias.

1.7 Dar preferencias a las empresas del sector vitivinícola en la utilización de programas de capacitación, reconversión laboral y recalificación a todo nivel, bajo el régimen descrédito fiscal.

1.8 Eliminar los aranceles de importación para insumos de no producidos en el país tales como corchos y barricas.

1.9 Analizar nuevos mecanismos de pago que permitan regularizar los atrasos impositivos y provisionales de las empresas y de las obras sociales de estos sectores.

1.10 Establecer líneas especiales de financiación particularmente en el marco del Programa con Bonificación de Tasa que administra la SEPYME para las empresas del sector que acepten un control de flujo físico de producto a fin de certificar que todo lo producido se factura legalmente. Las empresas deberán, también, demostrar que sus insumos los adquieren del mismo modo.

1.11 Profundizar medidas efectivas de política comercial externa que atiendan problemas de importaciones desleales y las reacciones al acceso de mercados externos que enfrenta el sector, con el objetivo de ejecutar una política efectiva de promoción de exportaciones. En este sentido el Gobierno Nacional promoverá las negociaciones tendientes a equiparar las preferencias arancelarias que hoy detentan los principales países competidores (especialmente en México y la Comunidad Andina de Naciones). Intensificar las negociaciones bilaterales con EEUU con el objeto de eliminar o reducir el impuesto a las importaciones de mostos de uva.

1.12 Reducción a tasa cero de la alícuota del impuesto interno a toda la industria vitivinícola para hacer previsible la inversión del sector.

1.13 Mantener los aportes de la Fundación Exportar a la Comisión Nacional de Exportación de Vinos Embotellados, y facilitar la participación de las PYMES, en dicha Comisión, a través de la flexibilización de las condiciones de ingresos.

1.14 Gestionar ante la ANSES la inclusión dentro del Régimen de Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares a los productores primarios de vid, que voluntariamente quieran adherir al mismo.

1.15 Propiciar la modificación de las normas emanadas de ANSES respecto del reintegro por asignaciones familiares y salario familiar del cosechador en la industria vitivinicola con el fin de evitar el fraude laboral.

Los compromisos asumidos por el GOBIERNO NACIONAL se mantendrán en la medida que las PARTES cumplan cabal y oportunamente con sus propios compromisos y tendrán vigencia hasta el 31 de marzo de 2003.

2.- Los GOBIERNOS PROVINCIALES se comprometen a otorgar al sector vitívínícola los siguientes beneficios:

2.l Eximir del pago del impuesto a los Ingresos Brutos en la etapa industrial para aquellas provincias que aún no lo hayan hecho.

2.2 Exceptuar del impuesto a los Ingresos Brutos a las ventas en la etapa industrial de contribuyentes de extraña jurisdicción siempre que adhiera al presente acuerdo la jurisdicción de origen y a condición de reciprocidad.

2.3 Impulsar y propiciar medidas tendientes a la eliminación o reducción de tasas municipales que afecten los procesos productivos.

2.4 Mantener los aportes a la Comisión Nacional de Exportación de Vinos Embotellados, y facilitar la participación de las PyMES, en dicha Comisión, a través de la flexibilización de las condiciones de ingresos.

2.5 Mantener las líneas de créditos provinciales para la compra y colocación malla antigranizo en las condiciones actuales a tasa cero. Propiciar incorporación de los equipos de riego mediante la financiación a través de líneas de crédito con idénticas condiciones a las de malla antigranizo (Sólo para la Provincia de Mendoza).

3.- Las Entidades representantes del SECTOR PRIVADO se comprometen a:

3.1 Preservar y ampliar los niveles de empleo existentes a la fecha de suscripción del presente acuerdo, hasta el 31 de marzo de 2003. Asimismo y con la participación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos, las representaciones sindicales y empresariales analizarán la implementación de mecanismos institucionales, que permitan preservar el empleo ante situaciones de crisis.

3.2 Realizar los esfuerzos conducentes a incrementar la productividad, la producción y las exportaciones.

3.3 Trasladar los beneficios acordados hacia atrás en la cadena productiva en función de las características particulares de cada empresa. Participar activamente de las medidas de reconversión propiciadas actuando como fideicomisario de los proveedores de uvas y/o vinos.

4. La PARTE SINDICAL representada por la Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines (FOEVA) y la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) se comprometen a apoyar las medidas emergentes de este acuerdo, que contribuyan a mejorar la competitividad y la generación de empleo.

5. El SECTOR PRIVADO y la PARTE SINDICAL representada por la Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines y la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y. Estibadores, se comprometen a:

5.1 Sin menoscabo de las facultades que le competen al Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos, ambas partes fijan un plazo no inferior a seis (6) meses, contados a partir de la firma del presente, para dar comienzo a las negociaciones tendientes a la adecuación, actualización o renovación de las convenciones colectivas de trabajo de la actividad industrial, propiciando en su caso, negociaciones laborales por empresa, con el objeto de facilitar la reconversión y mejorar la productividad de la industria vitivinícola. Las Mismas partes establecen que, a partir de su inicio, la duración de las negociaciones no podrá extenderse más allá de los dos (2) años.

5.2 Dentro del lapso de seis (6) meses aludido en apartado anterior, las partes analizarán las condiciones en que se desenvuelve el sector PYMEs de la actividad, con la finalidad de iniciar tratativas tendientes a la inclusión de un capítulo específico que comprenda a dichas empresas, dentro del convenio colectivo de trabajo de actividad que lo actualice o sustituya.

5.3 En el marco de los compromisos recíprocos asumidos en el presente acuerdo, ambas partes se comprometen a atender criterios de productividad y de respeto a los derechos de los trabajadores, a fin de mejorar la competitividad del sector.

5.4 Como aporte concreto al compromiso de combatir a la evasión y mejorar la competitividad, las partes incorporarán, con la intervención del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Provinciales, cuando sea necesario, mecanismos de negociación tendientes a la regularización del trabajo no registrado de la actividad, y prestando especial atención al trabajo de inmigrantes ilegales y trabajadores desprotegidos.

5.5 Las partes empresarias y sindicales, con la participación del Gobierno Nacional, convienen en diseñar y ejecutar, de manera conjunta, un Programa de Formación Profesional para el sector vitivinícola, destinado a incrementar la capacitación y el nivel de calificación de los trabajadores ocupados y desocupados. Para el desarrollo tripartito de este proyecto, las partes se comprometen a celebrar dentro de los sesenta (60) días de la firma de acuerdo, un convenio específico en el que se establecerán las responsabilidades y funciones, el financiamiento y las acciones de investigación necesaria para el desarrollo de un esquema de Formación Profesional integral para el sector en todos los niveles de la cadena vitivinícola y de la nómina laboral

6.- CLAUSULA GENERAL:

6.1. Dada la reconocida necesidad de recuperar la competitividad del sector vitivinícola, entendiéndose por tal a la producción y/o industrialización de uva que se destine a vinos, jugos de uva, pasas y consumo en fresco, y visto la decisión del Gobierno Nacional de propiciar políticas activas, tendientes a reactivar estas industrias, estimular la creación de puestos de trabajo y aprovechar las oportunidades del mercado internacional, se considera conveniente dar continuidad a la concurrencia del Estado Nacional, Gobiernos Provinciales -conjuntamente con las representaciones empresarias y sindical- para encontrar soluciones a los problemas que aquejan a las actividades. En consecuencia, se conviene constituir una Comisión de Seguimiento del Acuerdo y de Elaboración de un Programa Estratégico Nacional de - Reconversión Vitivinícola. La Comisión que se crea por este acuerdo estará integrada por cinco (5) representantes del Gobierno Nacional (dos en representación del Ministerio de Economía, uno en representación del Ministerio de Interior, uno en representación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos, y uno en representación de la Administración Federal de Ingresos Públicos), cuatro (4) representantes de las Provincias (uno por la Provincia de Mendoza, uno por la Provincia de San Juan y dos representantes elegidos a propuesta de las Provincias de Río Negro, Salta, Catamarca y La Rioja) y un (1) representante por cada uno de los sectores no gubernamentales firmantes de este acuerdo. Los cargos serán desempeñados con carácter "ad-honorem". En su primera reunión, la Comisión aprobará su reglamento de funcionamiento. Toda vez que la Comisión trate cuestiones específicas que hicieren necesaria la intervención de otros Organismos Públicos, éstos serán convocados con carácter no permanente.

Entre otras funciones, esta Comisión tendrá las siguientes:

a) Velar por el efectivo cumplimiento de los compromisos asumidos.

b) Realizar el seguimiento y cuantificación del traslado de los beneficios acordados por el convenio hacia atrás en la cadena productiva.

c) Considerar otras propuestas que las partes signatarias estimen pertinentes para el logro de los objetivos del presente acuerdo.

a. Recibir los requerimientos que le presenten las empresas del sector, en relación a sus pasivos originados en deudas provisionales y fiscales, los que serán elevados, para su tratamiento en forma prioritaria, a las autoridades que correspondieron.

b. Analizar y proponer la creación de mecanismos para que las empresas del sector que dispongan de saldos técnicos de IVA puedan utilizar los mismos como garantía o cancelación de créditos en el sistema financiero sobre deudas fiscales y provisionales.

c. Impulsar un nuevo Régimen Simplificado de Contribuciones Patronales para los Trabajadores Temporarios de la Industria Vitivinícola y la creación de un nuevo régimen laboral especial para este tipo de trabajadores que acompañe adecuadamente el proceso de modernización e innovación de la industria. Activar la modalidad de pago directo de las asignaciones.

d. Analizar y realizar propuesta al Régimen de Riesgos del Trabajo aplicables a las actividades del sector vitivinícola con el fin de, propiciar actividades preventivas que reduzcan la siniestralidad en el

sector disminuyan - los costos del sistema, simplifiquen su administración y control y protejan adecuadamente a los trabajadores. Ampliar el crédito fiscal de capacitación para prevención de riesgos de trabajo.

e. Estudiar la creación de un Agrobono con el objeto de compensar el ITC de los combustibles utilizados en el proceso productivo a saber 20 $/ha para cultivos intensivos y 100 $/ha para lucha contra heladas. Dichos bonos no serán transferibles y sólo podrán ser utilizados para el pago de compromisos provisionales y/o fiscales nacionales o provinciales.

Los compromisos asumidos caducarán y tendrán finalización el 31 de marzo de 2003.

No siendo para más, se suscriben tantos ejemplares como partes, de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.


FIRMANTES

DE LA RUA - Christian Colombo - Domingo Cavallo - Patricia Bullrich