CAPITAL FEDERAL
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Emisión: 02 de Mayo de 2000
Boletín Oficial: 15 de Mayo de 2000
Boletín AFIP N° 35, Junio de 2000, página 958
ASUNTO
Prorrógase la vigencia del Decreto Nº 187/2000, en relación con el régimen de renovación y modernización del parque de tractores, cosechadoras, acoplados y demás máquinas e implementos de uso agropecuario, creado por el Decreto N° 257/99.
GENERALIDADES
TEMA
PRORROGA DEL PLAZO-ACTIVIDAD AGROPECUARIA-MAQUINARIAS AGRICOLAS
VISTO
VISTO el Expediente N° 060-002713/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y
CONSIDERANDO
Que el régimen de renovación y modernización del parque de tractores, cosechadoras, acoplados, y demás máquinas e implementos de uso agropecuario creado por el Decreto N° 257, de fecha 19 de marzo de 1999, se manifiesta como una herramienta eficaz para morigerar los efectos de la recesión coyuntural generada por el desfasaje cambiario en el ámbito del MERCOSUR y la depresión de los precios agrícolas en los mercados internacionales.
Que dicho régimen se encuentra actualmente vigente de acuerdo a lo previsto en el Decreto N° 187 de fecha 2 de marzo de 2000.
Que, del análisis realizado por el correspondiente organismo técnico, surgen fundadas razones para extender los alcances de la prórroga dictada por el Decreto N° 187/ 2000.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete. Que por lo expuesto el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Referencias Normativas:
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1:
ARTICULO 1º - Prorrógase la vigencia del Decreto N° 187, de fecha 2 de marzo de 2000, desde su vencimiento y hasta el 30 de junio de 2000.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
ARTICULO 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
DE LA RUA. - Rodolfo H. Terragno. - José L. Machinea