Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Emisión: 08 de Mayo de 2017
Boletín Oficial: 09 de Mayo de 2017
ASUNTO
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL. Modificación. Decreto N° 357/2002.
GENERALIDADES
TEMA
ENTES DESCENTRALIZADOS-ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
VISTO
VISTO el Expediente N° EX-2017-5477108-APN-DDYME#JGM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios; y
Referencias Normativas:
CONSIDERANDO
Que mediante el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.
Que en esta instancia resulta necesario reorganizar los cometidos correspondientes a diversas áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del MINISTERIO DE FINANZAS.
Que por otro lado, resulta necesario crear el cargo extraescalafonario de Coordinador de Proyectos con dependencia de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con rango y jerarquía de Subsecretario.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA, han tomado intervención en los aspectos que hacen a su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Referencias Normativas:
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios –Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL centralizada– el Apartado XI, correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2017-08054980-APN-JGM), que forma parte integrante de este Decreto.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios –Objetivos– en el Apartado XI - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los correspondientes a la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL y a la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS y su dependiente SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN DEL PRESUPUESTO NACIONAL, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2017-08056112-APN-JGM), que forma parte integrante de este Decreto.
Artículo 3:
ARTÍCULO 3º.- Suprímense del Anexo II al Artículo 2º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios –Objetivos– en el Apartado XI - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los correspondientes a la SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO.
Artículo 4:
ARTÍCULO 4º.- Incorpóranse al Anexo II al Artículo 2º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios –Objetivos– en el Apartado XI - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los correspondientes a la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y ANÁLISIS ECONÓMICO de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2017-08056740-APN-JGM), que forma parte integrante de este Decreto.
Artículo 5:
ARTÍCULO 5º.- Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios –Objetivos– en el Apartado XXXIII, correspondiente al MINISTERIO DE FINANZAS, la parte correspondiente a la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2017-08057248-APN-JGM), que forma parte integrante de este Decreto.
Artículo 6:
ARTÍCULO 6º.- Créase con dependencia directa de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el cargo extraescalafonario de Coordinador de Proyectos, con rango y jerarquía de Subsecretario, cuyas funciones se describen en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2017-08057903-APN-JGM), que forma parte integrante de la presente medida.
Artículo 7:
ARTÍCULO 7°.- Incorpórase, con carácter de excepción, el cargo extraescalafonario de Coordinador de Proyectos dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477/98 y sus modificatorias.
Referencias Normativas:
Artículo 8:
ARTÍCULO 8°.- La SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN arbitrará las medidas necesarias en función de lo establecido en la Decisión Administrativa N° 12/17, a los efectos de implementar lo dispuesto por el presente decreto.
Artículo 9:
ARTÍCULO 9°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la JURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Artículo 10:
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°
XI.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
- SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
- SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS DE DIFUSIÓN
- SUBSECRETARÍA DE VINCULO CIUDADANO
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y ANÁLISIS ECONÓMICO
SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS GLOBALES
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INSTITUCIONALES
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS
- SUBSECRETARIA DE EVALUACIÓN DEL PRESUPUESTO NACIONAL
IF-2017-08054980-APN-JGM
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2°
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL
OBJETIVOS:
1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en las relaciones con los Ministros y Secretarios para el cumplimiento de los objetivos propuestos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
2. Organizar la convocatoria y preparar las reuniones del Gabinete de Ministros.
3. Proveer al Jefe de Gabinete de Ministros de la información de las respectivas jurisdicciones que le resulte necesaria para la toma de decisiones.
4. Entender en la coordinación interministerial, especialmente en aquellos temas y objetivos de política pública cuyo cumplimiento requiera la intervención de distintas áreas del gobierno y en la priorización de los proyectos estratégicos.
5. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la resolución de los temas que le indique el Poder Ejecutivo y en los propios del ámbito de competencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
6. Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación interinstitucional con otros Organismos del Estado, Poderes y Jurisdicciones en la materia de su competencia.
7. Integrar la conducción de la CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO S.A. y supervisar su funcionamiento.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS
OBJETIVOS:
1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño y coordinación de políticas públicas de la Administración vinculadas con el cumplimiento de los objetivos de gobierno.
2. Diseñar, elaborar e implementar mecanismos e instrumentos de planificación, seguimiento y evaluación de las metas y objetivos de gobierno definidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
3. Intervenir en el diseño de estrategias de gobierno, coordinando las políticas públicas involucradas.
4. Coordinar y supervisar el análisis, la formulación y la evaluación de la estrategia presupuestaria.
5. Coordinar la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional propiciado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en el ámbito de su competencia.
6. Coordinar el diseño y análisis de la política tributaria, en el ámbito de su competencia.
7. Entender en la definición, evaluación y control de las prioridades en la gestión del financiamiento externo, y participar en las relaciones con los Organismos Internacionales de Crédito multilaterales, regionales o bilaterales y en las relaciones interjurisdiccionales en los procesos de aprobación, seguimiento y evaluación de préstamos, donaciones y cooperaciones técnicas.
8. Asistir en el seguimiento de la relación fiscal entre la Nación y las provincias.
9. Determinar los lineamientos estratégicos para la evaluación y toma de decisiones con relación a los programas y proyectos de inversión, cualquiera sea su fuente de financiamiento, en coordinación con las áreas competentes.
SECRETARIA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS
SUBSECRETARIA DE EVALUACIÓN DEL PRESUPUESTO NACIONAL
OBJETIVOS:
1. Asistir al Secretario en la coordinación y supervisión del análisis, la formulación y la evaluación de la estrategia presupuestaria, como así también en el seguimiento de la ejecución del Presupuesto Nacional.
2. Asistir al Secretario en la determinación de los lineamientos estratégicos que permitan la evaluación y toma de decisiones con relación a los programas y proyectos de inversión, cualquiera sea su fuente de financiamiento, en coordinación con las áreas competentes.
3. Asistir en la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional propiciado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
4. Coordinar la evaluación del gasto, colaborando en el diagnóstico y seguimiento de la producción pública contemplada en el Presupuesto Nacional.
5. Proponer mecanismos de coordinación en la materia de su competencia.
6. Supervisar la determinación de la programación trimestral del gasto asignado a cada Jurisdicción.
7. Asistir al Secretario en la determinación de los lineamientos estratégicos que permitan efectuar la evaluación y toma de decisiones con relación a los programas y proyectos con financiamiento externo.
8. Proponer al Secretario la priorización de los proyectos con financiamiento externo.
9. Asistir al Secretario en la coordinación y en la evaluación presupuestaria en relación con los Organismos Internacionales de Crédito multilaterales, regionales o bilaterales, y en las relaciones interjurisdiccionales, con respecto a programas y proyectos con financiamiento externo y en los procesos de aprobación de préstamos, cooperaciones técnicas y donaciones con financiamiento externo.
10. Intervenir en la coordinación, seguimiento, evaluación y revisión de la cartera de los préstamos con financiamiento externo.
11. Asistir en el diseño y análisis de la política tributaria, en el ámbito de su competencia.
12. Asistir al Secretario en la coordinación con el MINISTERIO DE HACIENDA y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (A.F.I.P.), de la definición estratégica del Presupuesto Nacional.
13. Colaborar en el seguimiento y análisis de la relación fiscal entre la Nación y las Provincias.
14. Monitorear el grado de cumplimiento de las metas fiscales contenidas en la Ley de Presupuesto Nacional, coordinando con otras áreas de gobierno con competencia en la materia, las medidas pertinentes para atender los desvíos respecto a lo programado.
15. Intervenir en la elaboración de los informes que, en materia presupuestaria, le sean requeridos por el Jefe de Gabinete de Ministros en oportunidad de su concurrencia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, como así también en aquellos informes que cualquiera de las Cámaras le solicite y los que deba brindar a la Comisión Bicameral Permanente.
IF-2017-08056112-APN-JGM
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 4º
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN Y ANÁLISIS ECONÓMICO
OBJETIVOS:
1. Asistir al Secretario en el diseño, desarrollo e implementación de mecanismos de coordinación con otros organismos del Estado Nacional con competencia en materia económica.
2. Diseñar y proponer lineamientos de carácter económico a requerimiento del SECRETARIO DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL.
3. Evaluar y consolidar la información originada en las jurisdicciones cuyas competencias generan impacto en las principales variables económicas del país.
4. Asistir al Secretario en el seguimiento de la implementación de la política económica y en la coordinación de su ejecución, en relación con los organismos del Estado Nacional con competencia en la materia.
5. Asistir al Secretario en la organización y seguimiento de las reuniones del Gabinete Económico.
6. Proponer, desarrollar y administrar, en el marco del Gabinete Económico, instrumentos de seguimiento y análisis referidos a la gestión económica.
7. Administrar los cuadros de situación en materia económica que permitan obtener información precisa para la toma de decisiones.
IF-2017-08056740-APN-JGM
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 5º
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES
OBJETIVOS:
1. Organizar la participación del MINISTERIO DE FINANZAS y el accionar de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA, en los foros financieros internacionales y en los organismos internacionales de crédito.
2. Elaborar propuestas y estudios para el ejercicio de la representación del MINISTERIO DE FINANZAS en los grupos intergubernamentales o foros de cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero Internacional.
3. Asesorar en las negociaciones y en la representación del país ante los organismos financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de los mismos.
4. Asistir en todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y multilaterales.
5. Entender en el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con los organismos financieros internacionales de crédito.
6. Asistir en la programación y coordinar la negociación y gestión financiera de la cartera de préstamos con los organismos internacionales, multilaterales, bilaterales y regionales de crédito y la revisión de las operaciones de cartera existentes.
7. Entender en la administración, seguimiento, evaluación y control financieros de programas y proyectos con financiamiento externo del Sector Público Nacional.
8. Intervenir, en coordinación con las áreas competentes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en el diligenciamiento de las actuaciones correspondientes a la aprobación y suscripción de Convenios de Donación y Cooperación Técnica no Reembolsable.
IF-2017-08057248-APN-JGM
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 6º
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL
COORDINADOR DE PROYECTOS
FUNCIONES:
1. Asistir al Secretario en la priorización y coordinación de los proyectos estratégicos del Gobierno Nacional en función de los objetivos propuestos por el Poder Ejecutivo Nacional y el Jefe de Gabinete de Ministros.
2. Participar en los procesos de definición de planes de acción, presupuesto, objetivos y metas de los proyectos estratégicos del Gobierno Nacional.
3. Intervenir en el seguimiento de los proyectos estratégicos del Gobierno Nacional implementados por los distintos organismos del ESTADO NACIONAL a efectos de asegurar su cumplimiento y consistencia.
4. Proveer al Secretario la información de las respectivas jurisdicciones que le resulte necesaria para la toma de decisiones en relación a los proyectos definidos como prioritarios.
IF-2017-08057903-APN-JGM
FIRMANTES
MACRI
Marcos Peña