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Decreto N° 232/2024

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Fecha de Emisión: 07 de Marzo de 2024

Boletín Oficial: 08 de Marzo de 2024

ASUNTO

DECTO-2024-232-APN-PTE - Decreto Nº 50/2019. Modificación.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

ESTRUCTURA ORGANICA-ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Contraer VISTO

VISTO el Expediente N° EX-2024-18915299-APN-CGD#SGP, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley N° 27.701, los Decretos Nros. 620 del 10 de abril de 2008 y sus modificatorios, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 262 del 28 de marzo de 2018 y sus modificatorios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 194 del 28 de febrero de 2020 y sus modificatorios, 208 del 2 de marzo de 2020, 316 del 14 de junio de 2022 y 88 del 26 de diciembre de 2023, y

Contraer CONSIDERANDO

Que por el Decreto Nº 8/23 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) estableciendo los Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y las Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.

Que por el Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios se aprobaron el Organigrama de Aplicación y los Objetivos de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados.

Que por el Decreto N° 194/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por razones de gestión resulta necesario modificar los Objetivos de varias Subsecretarías dependientes de la citada Secretaría.

Que, asimismo, resulta necesario aprobar una nueva estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la citada SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y en consecuencia incorporar, homologar, reasignar y derogar diversos cargos de la citada Secretaría en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que por el Decreto N° 88/23 se dispuso que a partir del 1° de enero de 2024 regirán las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.

Que el artículo 4º del Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios estableció que el Jefe de Gabinete de Ministros y los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN podrán solicitar al Presidente de la Nación la creación de los cargos extraescalafonarios que resulten necesarios para el cumplimiento de las funciones asignadas a sus Jurisdicciones y a las Entidades actuantes en su órbita.

Que por el Decreto N° 620/08 se creó en el ámbito de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con dependencia directa de su titular, la UNIDAD MÉDICA PRESIDENCIAL.

Que a efectos de optimizar el funcionamiento de la citada Unidad deviene necesaria la modificación de su composición y del rango y jerarquía de su titular.

Que por diversas normas señaladas en el Visto se crearon varios cargos extraescalafonarios en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y de la UNIDAD MÉDICA PRESIDENCIAL de la SECRETARÍA GENERAL, resultando necesaria su supresión en virtud de que ya no resultan estrictamente necesarios para el cumplimiento de las Objetivos asignados.

Que, por otra parte, resulta necesario crear el cargo extraescalafonario de Coordinador de Asesoramiento Técnico, con dependencia directa de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO han tomado la intervención que les compete.

Que el servicio jurídico correspondiente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:


Contraer Artículo 1:

ARTÍCULO 1º.- Suprímese del Anexo II del artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado I, SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el Objetivo 5 de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES.

Modifica a:

Contraer Artículo 2:

ARTÍCULO 2°.- Incorpórase al Anexo II del artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado I, SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, como Objetivo 8 de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL, el siguiente:

“8. Dirigir, gestionar y supervisar el cumplimiento de las actuaciones referidas a los artículos 4° y 5° de la Ley N° 25.603 de Servicios Aduaneros”.

Contraer Artículo 3 Texto vigente según DECRETO Nº 303/2024:

ARTÍCULO 3°.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como Anexos Ia, Ib, Ic, Id, Ie, If, Ig (IF-2024-34049242-APN-SGP) y II (IF-2024-34049571-APN-SGP), forman parte integrante del presente decreto.

Modificado por:

Expandir Artículo 3 Texto original según DECRETO Nº 232/2024:

Contraer Artículo 4 Texto vigente según DECRETO Nº 303/2024:

ARTÍCULO 4º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con el Organigrama y las Acciones que, como Anexos IIIa, IIIb, IIIc, IIId, IIIe, IIIf (IF-2024-34050724-APN-SGP) y IV (IF-2024-35871151-APN-SGP), forman parte integrante del presente decreto.

Modificado por:

Expandir Artículo 4 Texto original según DECRETO Nº 232/2024:

Contraer Artículo 5:

ARTÍCULO 5º.- Incorpóranse, homológanse, reasígnanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, los cargos pertenecientes a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2024-22926100-APN-SGP) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

Contraer Artículo 6:

ARTÍCULO 6º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a las que se aprueban por el presente, las que mantendrán las acciones, cargos, dotaciones y suplementos vigentes a la fecha.

Contraer Artículo 7:

ARTÍCULO 7º.- Facúltase a la Titular de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a modificar la estructura aprobada por el artículo 4º del presente decreto, sin que ello implique incremento de las unidades organizativas que la componen ni de las correspondientes partidas presupuestarias, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Contraer Artículo 8:

ARTÍCULO 8º.- Sustitúyese el artículo 2° del Decreto Nº 620 de fecha 10 de abril de 2008 por el siguiente:

“ARTÍCULO 2º.- La UNIDAD MÉDICA PRESIDENCIAL estará a cargo de UN (1) Director que tendrá carácter extraescalafonario, con rango y jerarquía de Subsecretario, y será asistido por UN (1) Coordinador, de carácter extraescalafonario que tendrá una remuneración equivalente al Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel IV del SINEP. Asimismo, la citada Unidad contará con UN (1) Cuerpo Médico integrado por SIETE (7) Médicos Asistentes, con carácter extraescalafonario, los que tendrán una remuneración equivalente al Nivel A - Grado 9 del SINEP. Los integrantes de la UNIDAD MÉDICA PRESIDENCIAL tendrán las funciones que en cada caso se detalla en la PLANILLA ANEXA (IF-2018-13210973-APN-SGP) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto”.

Contraer Artículo 9:

ARTÍCULO 9°.- Suprímense los cargos extraescalafonarios que se detallan en la PLANILLA ANEXA (IF-2024-22926672-APN-SGP) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

Contraer Artículo 10:

ARTÍCULO 10.- Créase, con dependencia directa de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el cargo extraescalafonario de Coordinador de Asesoramiento Técnico, con rango de Director Nacional y una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, cuyas funciones se detallan en la PLANILLA ANEXA (IF-2024-22927181-APN-SGP) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

Contraer Artículo 11:

ARTÍCULO 11.- Deróganse los artículos 1º, 2° y 3º del Decreto Nº 194 del 28 de febrero de 2020.

Contraer Artículo 12:

ARTÍCULO 12.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 20 - 01 – SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Contraer Artículo 13:

ARTÍCULO 13.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.


Contraer Anexo I (Texto según Decreto N° 303/24)

Visualizar Anexo I

Expandir Anexo Texto original según DECRETO Nº 303/2024Texto original según DECRETO Nº 303/2024:

Contraer Anexo II (Texto según Decreto N° 303/24)

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Expandir Anexo Texto original según DECRETO Nº 303/2024Texto original según DECRETO Nº 303/2024:

Contraer Anexo III (Texto según Decreto N° 303/24)

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Expandir Anexo Texto original según DECRETO Nº 303/2024Texto original según DECRETO Nº 303/2024:

Contraer Anexo IV (Texto según Decreto N° 303/24)

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Expandir Anexo Texto original según DECRETO Nº 303/2024Texto original según DECRETO Nº 303/2024:

Contraer ANEXO V

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Contraer ANEXO VI

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Contraer ANEXO VII

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Contraer ANEXO VIII

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FIRMANTES

MILEI

Nicolás Posse