02 de Diciembre de 1997
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Emisión: 02 de Diciembre de 1997
Boletín Oficial: 09 de Diciembre de 1997
ASUNTO
Decisión Administrativa 769/97. Aféctase el excedente de los fondos recaudados y a recaudar correspondiente a la Superintendencia de Seguros de la Nación en favor del Tesoro Nacional.
GENERALIDADES
TEMA
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION-TESORO NACIONAL-PRESUPUESTO NACIONA
VISTO
VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1997 aprobado por la Ley N°24.764, distribuido por la Decisión Administrativa N° 12 del 16 de enero de 1997. y
CONSIDERANDO
Que resulta necesario modificar los presupuestos vigentes de distintas Jurisdicciones y Entidades para permitir la atención ce compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.
Que a tal efecto se debe modificar por compensación el Cálculo de Recursos y el Financiamiento por Contribuciones de la Administración Nacional.
Que, asimismo, es necesario modificar por compensación las Contribuciones al TESORO NACIONAL previstas por el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 12 del 16 de enero de 1997.
Que para ello es menester hacer uso de las facultades otorgadas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el articulo 44 de la Ley N° 11.672 COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO (T.O. 1996) afectando con destino a RENTAS GENERALES los recursos correspondientes a lo Entidad SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION.
Que la medida propiciada está amparada en las disposiciones del articulo 44 de la Ley N° 11.672 COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO (T.O. 1996) y de los artículos 13 y 15 de la Ley N 24.764.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1:
ARTICULO 1° - Aféctase en favor del TESORO NACIONAL el excedente de los fondos recaudados y a recaudar por el importe de DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL PESOS ($ 2.385.000) correspondiente a la Entidad SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION.
Artículo 2:
Art. 2° - Modificase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 1997, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Textos Relacionados:
Artículo 3:
Art. 3° - Modifícanse las Contribuciones al TESORO NACIONAL establecidas por el articulo 3° de la Decisión Administrativa N° 12 del 16 de enero de 1997, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente articulo que forman parte integrante del mismo.
Textos Relacionados:
Artículo 4:
Art. 4° - Comuníquese. publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Anexo al Artículo 2°
FIRMANTES
Carlos V. Corach
Jorge A. Rodriguez
Roque B. Fernández