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Decisión Administrativa N° 631/2023

31 de Julio de 2023

PRESUPUESTO

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Fecha de Emisión: 31 de Julio de 2023

Boletín Oficial: 01 de Agosto de 2023

ASUNTO

DECAD-2023-631-APN-JGM - Modificación presupuestaria.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

DISTRIBUCION DEL PRESUPUESTO

Contraer VISTO

VISTO el Expediente N° EX-2023-85161787-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 y la Decisión Administrativa N° 4 del 9 de enero de 2023, y

Contraer CONSIDERANDO

Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de diversas Jurisdicciones y Entidades del SECTOR PÚBLICO NACIONAL, con el objeto de afrontar gastos impostergables para su normal funcionamiento.

Que la presente adecuación presupuestaria contempla, entre otras cuestiones, el refuerzo de los créditos de gastos en personal, con el fin de atender necesidades vigentes en materia salarial, de gastos de funcionamiento, equipamiento, así como de los créditos para pago de subsidios, compensaciones y transferencias varias.

Que, entre otros aspectos, resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO destinados a transferencias a Provincias en el marco de diversos convenios suscriptos entre estas y el ESTADO NACIONAL.

Que es menester reforzar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la citada Jurisdicción 91 destinados a las Empresas CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, actuante en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a ENERGÍA ARGENTINA S.A., empresa pública actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y las empresas ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS S.E. y FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO, actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que en el artículo 15 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias se prevé que “cuando en los presupuestos de las jurisdicciones y entidades públicas se incluyan créditos para contratar obras o adquirir bienes y servicios, cuyo plazo de ejecución exceda al ejercicio financiero, se deberá incluir en los mismos información sobre los recursos invertidos en años anteriores, los que se invertirán en el futuro y sobre el monto total del gasto, así como los respectivos cronogramas de ejecución física. La aprobación de los presupuestos que contengan esta información, por parte de la autoridad competente, implicará la autorización expresa para contratar las obras y/o adquirir los bienes y servicios hasta por su monto total, de acuerdo con las modalidades de contratación vigentes”.

Que, en ese marco, es menester autorizar la contratación plurianual de ciertas obras de inversión y adquisición de bienes y servicios con incidencia en ejercicios futuros, modificando las planillas anexas al artículo 11 de la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias y por los artículos 6°, 8°, 9°, 11 y 116 de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:


Contraer Artículo 1:

ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2023-87048468-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

ARTÍCULO 2°.- Modificase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 en lo que corresponde a los cargos, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2023-87048305-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente decisión administrativa.

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 3:

ARTÍCULO 3°.- Incorpórase en las PLANILLAS ANEXAS al artículo 11 de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 la contratación de las obras con incidencia en ejercicios futuros, de acuerdo con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2023-87048244-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forma parte integrante de la presente medida.

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 4:

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.


Contraer ANEXO I

Visualizar Anexo I

Contraer ANEXO II

Visualizar Anexo II

Contraer ANEXO III

Visualizar Anexo III


FIRMANTES

Agustín O. Rossi

Sergio T. Massa