ANEXO RESOLUCION GENERAL Nı768
RESOLUCION GENERAL Nı 18 ı ARTICULO 8ı - CODIGOS DE LOS REGIMENES.
CODIGO DE REGIMEN |
DESCRIPCION DE LA OPERACIÓN |
214 |
Compraventa de cosas muebles y locaciones comprendidas en el inciso c) del artículo 3ı de la Ley de IVA. Están incluidas las ventas por incorporación de bienes de propia producción que se puedan configurar a raíz de la realización de trabajos sobre inmueble ajeno. ıArt. 8ı, inc. a) de la RG 18-. |
215 |
Locaciones del inciso d) del artículo 3ı de la Ley de IVA, de los siguientes bienes:
ıArt. 8ı, inc. b) de la RG 18 y Art. 28, inc. a) de la Ley de IVA-. |
216 |
Labores culturales (preparación, roturación, etc., del suelo); siembra y/o plantación; aplicación de agroquí- micos y/o fertilizantes, y cosecha, que se vinculen con la obtención de:
ıArt. 8ı, inc. b) de la RG 18 y Art. 28, inc. b) de la Ley de IVA-. |
217 |
Trabajos sobre inmueble ajeno previstos en el inciso a) del artículo 3ı de la Ley de IVA, excluidos los realizados sobre construcciones preexistentes que no constituyan obras en curso, y los hechos imponibles previstos en el inciso b) del citado artículo, en ambos casos destinados a vivienda, conforme a lo establecido en el inciso c) del artículo 28 de la Ley de IVA y con el alcance dispuesto, en lo pertinente, por el Decreto ıArt. 8ı, inc. b) de la RG 18 y Art. 28, inc. c) de la Ley de IVA-. |
218 |
Intereses y comisiones de préstamos otorgados por las entidades regidas por la Ley Nı 21.526 y sus modificaciones, siempre que los tomadores revistan la calidad de responsables inscriptos. ıArt. 8ı, inc. b) de la RG 18 y Art. 28, inc. d) de la Ley de IVA-. |
CODIGO DE REGIMEN |
DESCRIPCION DE LA OPERACIÓN |
219 |
Ingresos, excepto por publicidad, que provengan del ejercicio de la actividad de radiodifusión realizada por las empresas de servicios complementarios previstas en la Ley Nı 22.285. ıArt. 8ı, inc. b) de la RG 18 y Art. 28, inc. e) de la Ley de IVA-. |
208 |
Ingresos obtenidos por la producción, realización y distribución de programas, películas y/o grabaciones de cualquier tipo, cualquiera sea el soporte, medio o forma utilizado para su transmisión, destinadas a ser emitidas por emisoras de radiodifusión y servicios complementarios comprendidos en la Ley Nı 22.285. ıArt. 8ı, inc. b) de la RG 18 y Art. 28, inc. f) de la Ley de IVA-. |
209 |
Ingresos obtenidos por la comercialización de espacios publicitarios por editoriales de diarios, revistas y publicaciones periódicas, cuya actividad económica se encuadre en la definición del artículo 83, inciso b), de la Ley Nı 24.467. Están incluidos los ingresos que obtengan todos los sujetos que intervienen en el proceso comercial del referido concepto, siempre que provengan de su comercialización. ıArt. 8ı, inc. b) de la RG 18 y Art. 28, inc. g) de la Ley de IVA-. |
210 |
Servicios de taxímetros, remises con chofer y todos los demás servicios de transporte de pasajeros, terrestres, acuáticos o aéreos, realizados en el país, y los servicios de carga del equipaje del pasajero ıcuyo transporte se encuentra incluido en el precio del ıArt. 8ı, inc. b) de la RG 18 y Art. 28, inc. h) de la Ley de IVA-. |
211 |
Servicios de asistencia sanitaria médica y paramédica a que se refiere el primer párrafo del punto 7., del inciso h), del artículo 7ı de la Ley de IVA, que brinden o contraten las cooperativas, las entidades mutuales y los sistemas de medicina prepaga, que no resulten exentos. ıArt. 8ı, inc. b) de la RG 18 y Art. 28, inc. i) de la Ley de IVA-. |
212 |
Locaciones de obras y locaciones o prestaciones de servicios, no comprendidas en el Art. 8ı, inc. b) de la RG 18. ıArt. 8ı, inc. c) de la RG 18-. |