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GANANCIAS
DONACIONES EN DINERO Y EN ESPECIE.
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Empleadores:
Por las donaciones que efectúen por cuenta y orden de sus
empleados.
[artículo 35, inciso a)]
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Donantes:
Personas físicas responsables del impuesto, por las donaciones que
efectúen sin la intervención de los empleadores. Sucesiones indivisas y
personas jurídicas, por las donaciones que efectúen por su cuenta y
orden. [artículo 35, inciso b)]
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Donatarios: Por las donaciones que reciben. [artículo 35, inciso c)] |
RG
2681 |