CONSIDERANDO
Que la Provincia del NEUQUÉN presentó para su tratamiento la situación del Decreto Provincial N° 2.147 de fecha 7 de diciembre de 2021, en la reunión de fecha 24 de noviembre de 2021 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509, que declara la Emergencia y/o Desastre Agrario por heladas en el marco del sistema previsto por la Ley N° 3.117, para la actividad frutícola, en los Departamentos de Añelo y Confluencia, por el término de DOCE (12) meses a partir del 7 de octubre de 2021.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, luego de analizar la situación provincial, recomendó declarar el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, según corresponda, en los términos de la Ley Nº 26.509, con el alcance propuesto por la Provincia del NEUQUÉN.
Que asimismo, la citada Comisión estableció el día 7 de octubre de 2022 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo al Decreto Reglamentario N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Por ello,