CONSIDERANDO
Que la Provincia de SAN JUAN presentó para su tratamiento el Decreto Provincial Nº 358 de fecha 22 de marzo de 2021 en la reunión de fecha 20 de abril de 2021 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509, que declaró, en su Artículo 1º, el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario desde el 19 de abril de 2021 y hasta el 19 de abril de 2022, para las explotaciones de vid, olivo, melón, sandía, zapallo, tomate, frutales y hortalizas en general, en los Departamentos de San Martín, Sarmiento, 25 de Mayo, Albardón, Angaco, Pocito, Jachal, Ullum, 9 de Julio, Caucete y Zonda, afectados por heladas, granizo, precipitaciones y crecidas.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, luego de analizar la situación provincial, recomendó declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, en los términos de la Ley Nº 26.509, con el alcance propuesto por la Provincia de SAN JUAN.
Que asimismo, la citada Comisión estableció el día 19 de abril de 2022 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo al Decreto Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, y por el Artículo 9º del Anexo al Decreto Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Por ello,