CONSIDERANDO
Que la Provincia de CATAMARCA presentó para su tratamiento el Decreto Provincial N° 1.093 de fecha 5 de mayo de 2023, en la reunión de fecha 7 de junio de 2023 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, a los efectos de la aplicación de la Ley N° 26.509 y sus modificatorias.
Que el citado Decreto Provincial N° 1.093/23 declaró el estado de Emergencia Agropecuaria, por el término de UN (1) año a partir del 1° de septiembre de 2022, por sequía, en los Departamentos Ambato, Ancasti, Capayán, El Alto, Fray Mamerto Esquiú, La Paz, Paclín, Santa Rosa y Valle Viejo, en donde se afectaron las producciones de pasturas y forrajes, ganaderas, apícolas, de zapallos, granos, oleaginosas y legumbres.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, luego de analizar la situación provincial, recomendó declarar la emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, con el alcance propuesto por la Provincia de CATAMARCA.
Qué, asimismo, la citada Comisión Nacional estableció el día 1° de septiembre de 2023 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo al Decreto Reglamentario N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo al Decreto Reglamentario N° 1.712/09.
Por ello,