CONSIDERANDO
Que la Provincia de RÍO NEGRO presentó para su tratamiento el Decreto Provincial N° 227 de fecha 10 de marzo de 2023, en la reunión de fecha 11 de abril de 2023 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509 y sus modificatorias.
Que el citado Decreto Provincial Nº 227/23 declaró el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, según corresponda, por influenza aviar altamente patógena en los establecimientos de producción avícola en todo el territorio de la Provincia de RÍO NEGRO, por el término de UN (1) año.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, luego de analizar la situación provincial, recomendó declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, en los términos de la Ley Nº 26.509 y sus modificatorias, con el alcance propuesto por la Provincia de RÍO NEGRO.
Que asimismo, la citada Comisión Nacional estableció el día 9 de marzo de 2024 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo al Decreto Reglamentario Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo al Decreto Reglamentario N° 1.712/09.
Por ello,