CONSIDERANDO
Que la Provincia de FORMOSA presentó para su tratamiento el Decreto Provincial Nº 13 de fecha 30 de enero de 2023, en la reunión de fecha 2 de marzo de 2023 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509 y sus modificatorias.
Que el Decreto Provincial Nº 13/23 declaró en Emergencia Agrícola a los cultivos de cucurbitáceas afectadas por granizo en las localidades de Villa Dos Trece, Departamento Pirané y en Las Lomitas, Departamento Patiño, con sus respectivas colonias y parajes; y a las explotaciones de banana afectadas por heladas tardías y déficit hídrico, ubicados en las localidades de Laguna Naineck, Laguna Blanca, Riacho He Hé y Siete Palmas, Departamento Pilcomayo, y en Buena Vista, Departamento Pilagás, con sus respectivas colonias y parajes, desde el 1 de agosto de 2022 hasta el 31 de marzo de 2023.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, luego de analizar la situación provincial, recomendó declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, en los términos de la Ley Nº 26.509 y sus modificatorias, con el alcance propuesto por la Provincia de FORMOSA.
Que, asimismo, la citada Comisión Nacional estableció el día 31 de marzo de 2023 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo al Decreto Reglamentario Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo al Decreto Reglamentario N° 1.712/09.
Por ello,