CONSIDERANDO
Que la Provincia de MENDOZA presentó para su tratamiento el Decreto Provincial N° 2.404 de fecha 19 de diciembre de 2022, en la reunión de fecha 14 de febrero de 2023 de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509 y sus modificatorias.
Que el citado Decreto Provincial Nº 2.404/22 declaró el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, para las propiedades ubicadas en la Provincia de MENDOZA que tengan producciones ganaderas caprinas, bovinas, equinas, ovinas y apícolas, por los efectos de la sequía, por el período comprendido entre abril de 2022 y marzo de 2024.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, luego de analizar la situación provincial, recomendó declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, en los términos de la Ley Nº 26.509 y sus modificatorias, con el alcance propuesto por la Provincia de MENDOZA.
Que asimismo, la citada Comisión Nacional estableció el día 31 de marzo del 2024 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo al Decreto Reglamentario Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo al Decreto Reglamentario N° 1.712/09.
Por ello,