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Resolución General DGI N° 3574/1992

26 de Agosto de 1992

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 28 de Agosto de 1992

ASUNTO

PROCEDIMIENTO - Resolución General N° 3282 y modificaciones - nuevo formulario de declaración jurada mensual del Impuesto al Valor Agregado N° 468/B

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO-IVA-FORMULARIOS OFICIALES DE LA DGI

Contraer VISTO

VISTO la Resolución General N° 3.282 y sus modificaciones, y

Contraer CONSIDERANDO

Que mediante la citada norma se dispuso la utilización de los formularios de dedaración jurada del impuesto al valor agregado, de boletas de depósito así como de instrumentos destinados a la cancelación de obligaciones por otros medios distintos al pago, para el universo de grandes contribuyentes, a efectos de lograr un adecuado control de gestión a través de sistemas informáticos.

Que con la finalidad de optimizar el correcto cumplimiento de las obligaciones por parte de los citados contribuyentes y permitir una eficiente administración de los tributos a cargo de este Organismo, resulta necesario establecer el uso de un nuevo formulario de declaración jurada mensual que recepte adecuadamente las necesidades informáticas y de fiscalización.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Recaudación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

Artículo 1° - Sustitúyese el inciso a) del artículo 4° de la Resolución General N° 3.282 y sus modificaciones por el siguiente: a) en el impuesto al valor agregado deberá utilizarse el formulario de dedaración jurada N° 468/B".

Modifica a:

Contraer Artículo 2:

Art. 2° - Lo dispuesto en el artículo anterior resultará de aplicación para todas las presentaciones cuyos vencimientos operen a partir del mes de setiembre de 1992, inclusive.

Contraer Artículo 3:

Art. 3° - Apruábase el formulario de declaración jurada N° 468/B.

Contraer Artículo 4:

Art. 4° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro oficial y archívese.

FIRMANTES

Ricardo Cossio