14 de Junio de 1991
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 17 de Junio de 1991
ASUNTO
PROCEDIMIENTO - Grandes contribuyentes nacionales - Obligaciones comprendidas en la Resolución General N° 3282 y sus modificaciones - Lugar de pago - Presentación de declaraciones juradas .
GENERALIDADES
TEMA
PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO-LUGAR DE PAGO-GRANDES CONTRIBUYENTES
VISTO
VISTO la Resolución General N° 3.282 y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO
Que atendiendo a razones operativas y funcionales resulta necesario disponer la sustitución de la entidad bancaria, ante la cual los referidos contribuyentes cumplimentan el pago de sus obligaciones tributarias.
Que la presente se dicta de acuerdo con lo aconsejado por las Direcciones Legislación y Programas y Normas de Recaudación y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo 1:
Articulo 1° - Sustitúyese el inciso a) del artículo 2° de la Resolución General N° 3.282 y sus modificaciones, por el siguiente:
a) Realizar el pago de sus obligaciones fiscales mediante depósito -en efectivo o en cheque- ante el Banco Hipotecario Nacional, Casa Central, sito en Hipólito Yrigoyen 370, planta baja, Capital Federal, a cuyos fines emplearán las boletas de depósito F. 103 para retenciones o percepciones- cuando el régimen rrespectivo prevea la entrega de un (1) ejemplar de la misma al sujeto a quien se le practica la retención- o F. 105 para las restantes obligaciones".
Modifica a:
Artículo 2:
Artículo 3:
FIRMANTES
Ricardo Cossio