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Resolución General DGI N° 3332/1991

19 de Marzo de 1991

Estado de la Norma: Derogada


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 26 de Marzo de 1991

ASUNTO

Resolución 3332/91. IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DE INMUEBLES DE PERSONAS FISICAS Y SUCESIONES INDIVISAS. Ley N° 23.905. Resolución General N° 3.319. Régimen de retención. Formulario N°465. Plazo de presentación.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

RETENCIONES IMPOSITIVAS-PRORROGA DEL PLAZO-IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DE INMUEBLES-PRESENTACION DE DECLARACION JURADA IMPOSITIVA

Contraer VISTO

VISTO Y

Contraer CONSIDERANDO

Que razones de administración tributaria, y de orden administrativo hacen aconsejable postergar el vencimiento de la presentación de la primera declaración jurada mensual -formulario N° 465- por parte de los agentes de retención, sin alterar los objetivos del régimen establecido por la Resolución General N° 3.319.

Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por las Direcciones Legislación y Programas y Normas de Recaudación y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

Artículo 1° - A los efectos establecidos por los artículos 13, punto 2.2., y 17, primer párrafo, de la Resolución General N° 3.319, la presentación del formulario de declaración jurada N° 465, correspondiente a las operaciones que hubieran sido escrituradas durante el mes de febrero de 1991, se considerará cumplimentada en término hasta el día 22 de abril de 1991, inclusive.

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

Artículo 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

FIRMANTES

Ricardo Cossio