20 de Marzo de 2020
Estado de la Norma: Derogada
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 20 de Marzo de 2020
ASUNTO
PROCEDIMIENTO. Presentaciones y/o comunicaciones electrónicas en el ámbito de las Direcciones Generales Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social. Resolución General N° 4.503. Norma complementaria.
GENERALIDADES
TEMA
PRESENTACION DE DECLARACION JURADA-COMUNICACIONES ELECTRONICAS
VISTO
VISTO el Expediente electrónico N° EX-2020-00198190- -AFIP-DISERE#SDGREC, y
CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución General N° 4.503, se implementó el servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales”, a fin que los contribuyentes y responsables puedan realizar electrónicamente presentaciones y/o comunicaciones en el ámbito de las Direcciones Generales Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social, sin necesidad de concurrir a las dependencias de este Organismo.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, el Poder Ejecutivo Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia del mencionado decreto.
Que en tal sentido se estableció la coordinación de acciones en el Sector Público Nacional, a los fines de implementar acciones y políticas para el adecuado cumplimiento de las recomendaciones que disponga la autoridad sanitaria nacional en el marco de la emergencia y de la situación epidemiológica.
Que en consecuencia, a través de la Disposición N° 73 (AFIP) del 17 de marzo de 2020 se instruyó –entre otras- a las Direcciones Generales Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social para que adopten las medidas necesarias a fin de evitar la congestión de público en las agencias, distritos y puestos de atención, y establezcan las condiciones, horarios y modalidades de atención que mejor preserven la salud del personal de cada área y de los habitantes que reciben sus servicios.
Que en ese sentido y a efectos de disminuir la concurrencia de contribuyentes y responsables a las dependencias de este Organismo, deviene necesario, con carácter excepcional, disponer la utilización obligatoria de la modalidad “Presentaciones Digitales” para la realización de determinados trámites y gestiones ante esta Administración Federal.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Recaudación, Servicios al Contribuyente, Sistemas y Telecomunicaciones y Fiscalización, y las Direcciones Generales Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1 Texto vigente según RG AFIP Nº 4801/2020:
ARTÍCULO 1°.- Establecer, con carácter de excepción, hasta el día 30 de septiembre de 2020, inclusive, la utilización obligatoria del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales”, implementado por la Resolución General N° 4.503 y su complementaria, para realizar electrónicamente las presentaciones y/o comunicaciones que se indican a continuación:
DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE |
Alta retroactiva de impuestos |
Aporte de documentación Reintegro SIR |
Asociación de CUITs |
Baja retroactiva en impuestos y/o regímenes |
Beneficio detracción anticipada |
Bonos fiscales - Utilización de imputación en exceso de anticipos |
Cambio de domicilio fiscal - Personas humanas |
Cambio de fecha de cierre de ejercicio |
Cancelación de inscripción por fallecimiento o alta de sucesión |
Capacidad Económica Financiera - CEF - Disconformidad |
Carga de fecha de jubilación |
Certificado de capacidad económica - Personas con discapacidad |
Certificado de exclusión de retención de IVA - RG N° 2.226 |
Certificado de exención impuesto a las ganancias - RG N° 2.681 |
Certificado de libre deuda previsional - Ley N° 13.899 |
Certificado de no retención de impuesto a las ganancias - RG N° 830 |
Certificado de no retención del régimen de seguridad social - Disconformidad |
Certificado de residencia fiscal |
Certificado de ventajas impositivas - RG N° 2.440 |
Consultas no vinculantes - Art. 12 Decreto N° 1.397/79 |
Consultas vinculantes - RG N° 4.497 |
Controlador fiscal - Baja y/o recambio de memoria |
Detracción para empleadores concesionarios de servicios públicos |
Devolución de saldos de libre disponibilidad - RG N° 2.224 |
Ejecuciones fiscales - Dación de pago de embargos (Título II) |
Ejecuciones fiscales - Plan de pagos de honorarios |
Ejecuciones fiscales - Presentaciones y comunicaciones varias |
Empadronamiento de imprentas |
Factura M - Disconformidad |
Habilitación de comprobantes - Suspensión para acreditación ante dependencia |
Impugnación - RG N° 79 |
Modificación de capacidad productiva |
Modificación de nombres, apellido y/o género |
Modificación estado administrativo CUIT - Modalidad reactivación presencial |
MONOTRIBUTO - Modificación de categoría actual por error |
Planes de pago - Anulaciones, cancelaciones anticipadas totales y otras |
Presentación de escritos recursivos - Art. 74 Decreto N° 1.397/79 |
Presentación F. 408 - Allanamiento o desistimiento |
Presentación F. 885 - Modificación alta y baja de empleados - RG N° 2.988 |
Procesamiento o anulación de compensaciones |
Promoción del desarrollo y producción de la biotecnología moderna |
Recupero de IVA por exportación |
Registración de contratos - Oferta de entrega escritos, no primarios |
Registro de beneficios ICREDED - RG N° 3.900 |
Reimputación de pagos - Formulario 399 |
Reintegro de impuesto sobre los combustibles líquidos |
Reorganización de sociedades |
SIPER - Disconformidad |
SISA - Cesión gratuita con derecho a usufructo |
SISA - Domicilio pendiente de validación en dependencia - Ex RFOG |
Solicitud de cartas de porte por excepción |
Solicitud de cupos en el Registro de Entidades Emisoras de Garantías (REEG) |
Solicitud de no retención impuesto a la transferencia de inmuebles |
Solicitud de registración de DJ rectificativa en menos |
Solicitud de reintegro de saldo libre disponibilidad, transferencia RG N° 1.466 |
Transferencia de importes convalidados - RG N° 1.466 |
Utilización de importes transferidos - RG N° 1.466, Art. 11 o RG 2.000, Art. 31 |
Verificaciones - Respuesta requerimiento |
Zona de emergencia - Acreditación |
Modificado por:
Artículo 2:
Artículo 3:
FIRMANTES
Mercedes Marcó del Pont