17 de Noviembre de 2017
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 21 de Noviembre de 2017
ASUNTO
PROCEDIMIENTO. Zona de desastre y emergencia. Buenos Aires, Catamarca, Chubut, Corrientes, Jujuy, La Pampa, Misiones, Salta, Santa Fe, Tucumán y Río Negro. R.G. N° 4.118-E, su modificatoria y complementaria. Su modificación.
GENERALIDADES
TEMA
PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO-ZONA DE DESASTRE-EMERGENCIA ECONOMICA
VISTO
VISTO la Resolución General N° 4.118-E, su modificatoria y complementaria, y
Referencias Normativas:
CONSIDERANDO
Que mediante la citada norma se dispuso un plazo especial para la presentación de declaraciones juradas y, en su caso, pago de las obligaciones impositivas -excepto retenciones y percepciones- y las correspondientes al Régimen de Trabajadores Autónomos y al Régimen simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), a cargo de los sujetos cuya actividad se desarrolle en determinados partidos, departamentos, localidades y/o parajes del territorio nacional.
Que razones de administración tributaria aconsejan adecuar el vencimiento previsto para determinadas obligaciones comprendidas en el beneficio.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación y de Servicios al Contribuyente, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 20 y 24 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, el Artículo 5° de la Ley N° 27.355 y el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Referencias Normativas:
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese en el Artículo 3° de la Resolución General N° 4.118-E, su modificatoria y complementaria, las expresiones:
a) “…17 de mayo de 2017 y 16 de noviembre de 2017, ambos inclusive,…”, por la expresión “…17 de mayo de 2017 y 17 de noviembre de 2017, ambos inclusive,…”, y
b) “1 al 16 de noviembre de 2017”, por la expresión “1 al 17 de noviembre de 2017”, de la columna “OBLIGACIONES COMPRENDIDAS”.
Referencias Normativas:
Modifica a:
Artículo 2:
FIRMANTES
Alberto R. Abad