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Resolución General AFIP N° 3232/2011

06 de Diciembre de 2011

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 14 de Diciembre de 2011

ASUNTO

RESOLUCIÓN GENERAL N° 3232/2011 (AFIP). IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - Régimen de retención. Nómina de sujetos comprendidos. Resolución General N° 2854 y sus modificaciones. Norma modificatoria.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO-IVA-RETENCIONES IMPOSITIVAS-AGENTES DE RETENCION-SUJETOS IMPONIBLES-RESPONSABLES INSCRIPTOS-CREDITO FISCAL-REGIMEN DE RETENCION-NOMINA DE SUJETOS COMPRENDIDOS

Contraer VISTO

VISTO las Actuaciones SIGEA N° 11170-22-2011 y N° 11170-23-2011 del Registro de esta Administración Federal, y

Contraer CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución General N° 2854 y sus modificaciones, se estableció un régimen de retención del impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones que, por su naturaleza, dan lugar al crédito fiscal.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3° de la referida norma corresponde informar las nuevas designaciones de los agentes de retención.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

ARTÍCULO 1° - Modifícase el Anexo I de la Resolución General Nº 2854 y sus modificaciones, en la forma que se detalla seguidamente:

- Incorpóranse a los contribuyentes que se indican a continuación:

"30-99922016-5 DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD DE ENTRE RIOS"

"33-99905334-9 INSTITUTO AUTARQUICO DE PLANEAMIENTO Y VIVIENDA"

 

Modifica a:

Contraer Artículo 2:

ARTÍCULO 2° - Lo establecido en el artículo anterior tendrá efectos a partir del día 1 de diciembre de 2011, inclusive.

 

Contraer Artículo 3:

ARTÍCULO 3° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

 


FIRMANTES

Ricardo Daniel Echegaray