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Resolución General AFIP N° 2179/2006

26 de Diciembre de 2006

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 28 de Diciembre de 2006

ASUNTO

IMPUESTOS VARIOS. Resolución General N° 58 y sus modificaciones. Agenda de días de vencimientos para el año 2007.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IMPUESTOS VARIOS-AGENDA GENERAL DE VENCIMIENTOS

Contraer VISTO

VISTO la Resolución General N° 58 y sus modificaciones, y

Contraer CONSIDERANDO

Que mediante la citada norma se fijaron las fechas de vencimiento general respecto de determinadas obligaciones, en función de las terminaciones de la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).

Que se estima conveniente precisar las fechas de vencimientos previstas para el año calendario 2007.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Recaudación, de Coordinación Operativa de los Recursos de la Seguridad Social y de Asuntos Jurídicos y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

Artículo 1º — Establécense para el año calendario 2007 las fechas de vencimiento general que, para cada una de las resoluciones generales que se indican seguidamente, se fijan en el Anexo de la presente:

a) Resolución General Nº 3834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 712, sus modificatorias y complementarias, Artículo 15.

b) Resolución General Nº 3847 (DGI), sus modificatorias y complementarias, Artículo 9º.

c) Resolución General Nº 3855 (DGI) y su modificatoria, Artículo 4º.

d) Resolución General Nº 4120 (DGI), sus modificatorias y complementarias, Artículo 4º.

e) Resolución General Nº 327, sus modificatorias y complementarias, Artículo 23.

f) Resolución General Nº 715 y sus complementarias, Artículo 7º.

g) Resolución General Nº 725, sus modificatorias y complementarias, Artículo 7º.

h) Resolución General Nº 738, sus modificatorias y complementarias, Artículo 2º.

i) Resolución General Nº 975 y sus complementarias, Artículo 7º.

j) Resolución General Nº 992, sus modificatorias y complementarias, Artículo 6º.

k) Resolución General Nº 1745, su modificatoria y complementarias, Artículo 10.

l) Resolución General Nº 2011, Artículos 6º y 15.

m) Resolución General Nº 2045, Artículos 2º y 7º.

n) Resolución General Nº 2055, Artículo 9º, incisos a) y b)

ñ) Resolución General Nº 2111 y su modificatoria, Artículo 11.

o) Resolución General Nº 2150, Artículos 28 y 40.

p) Resolución General Nº 2151, Artículos 6º, 23 y 33.

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

Art. 2º — Apruébase el Anexo que forma parte de esta resolución general.

Contraer Artículo 3:

Art. 3º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Contraer Anexo

Visualizar Anexo

Expandir Anexo Texto original según RG AFIP Nº 2179/2006Texto original según RG AFIP Nº 2179/2006:


FIRMANTES

Alberto R. Abad