07 de Febrero de 2003
Estado de la Norma: Derogada
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 13 de Febrero de 2003
ASUNTO
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Decreto N° 1.405/01. Usuarios del servicio de molienda de trigo. Régimen de pago a cuenta. "Guía Fiscal Harinera". Resolución General N° 1.246 y su modificatoria. Su modificación.
GENERALIDADES
TEMA
GRANOS Y SEMILLAS-IVA-PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO
VISTO
VISTO la Resolución General N° 1.246 y su modificatoria, y
CONSIDERANDO
Que en el marco del Decreto N° 1405 de fecha 4 de noviembre de 2001, la citada resolución general estableció un régimen de pago a cuenta del impuesto al valor agregado, a cargo de los usuarios del servicio de molienda de trigo, con el objeto de asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y la transparencia comercial en el ámbito de la elaboración y venta de harinas y otros subproductos derivados del trigo.
Que en virtud de la evaluación efectuada, se estima necesario incrementar la suma fija que se aplica para la determinación del citado pago a cuenta.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Análisis de Fiscalización Especializada.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 27 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, por el artículo 21 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, por el artículo 9° del Decreto N° 1405/01 y por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997, y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1:
— Sustitúyese en el artículo 2°, su primer párrafo, por el siguiente:
"ARTICULO 2° — El importe del pago a cuenta se determinará multiplicando el SESENTA POR CIENTO (60%) de los kilogramos de trigo que ingresan a planta en cada operación de molienda, por el importe de SESENTA MILESIMOS DE PESO ($ 0,060)".
Modifica a:
Artículo 2:
Artículo 3:
FIRMANTES
Alberto R. Abad