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Resolución General AFIP N° 610/1999

08 de Junio de 1999

Estado de la Norma: Derogada


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 09 de Junio de 1999

Boletín AFIP N° 24, Julio de 1999, página 1384

ASUNTO

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Ley según texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Régimen de percepción. Resolución General N° 3337 (DGI), sus modificatorias y complementarias.Operaciones excluídas.

Expandir GENERALIDADES


Contraer TEMA

IVA-PERCEPCION DE IMPUESTOS-VENTA DE COSAS MUEBLES-GRANOS Y SEMILLAS-FERTILIZANTES

Contraer VISTO

VISTO la Resolución General N° 3337 (DGI), sus modificatorias y complementarias, y

Referencias Normativas:

Contraer CONSIDERANDO

Que la mencionada norma estableció un régimen de percepción del impuesto al valor agregado, respecto de las operaciones de ventas de cosas muebles, locaciones y prestaciones gravadas.

Que, en función de la evaluación efectuada, resulta conveniente excluir del referido régimen de percepción a las ventas de determinadas cosas muebles.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección de Legislación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 27 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones y por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997.

Referencias Normativas:

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:


Contraer Artículo 1:

ARTICULO 1°.- Quedan excluidas de sufrir la percepción del impuesto al valor agregado establecida en la Resolución General N° 3.337 (DGI), sus modificatorias y complementarias, las operaciones de ventas de:

a) granos -de cereales y oleaginosas- destinados a la siembra;

b) agroquímicos y fertilizantes.

Textos Relacionados:

Contraer Artículo 2:

ARTICULO 2°.- La presente Resolución General será de aplicación para las operaciones que se perfeccionen a partir del día 16 de junio de 1999, inclusive.

Contraer Artículo 3:

ARTICULO 3°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


FIRMANTES

Carlos Alberto Silvani