11 de Diciembre de 1998
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 15 de Diciembre de 1998
Boletín AFIP N° 18, Enero de 1999, página 191
ASUNTO
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. DGA - Resolución General N° 262 (AFIP) sobre Régimen de tráfico fonterizo - Su vigencia.
GENERALIDADES
TEMA
AFIP DGA-MERCOSUR-REGIMEN DE EQUIPAJE-FRONTERAS
VISTO
VISTO la Resolución General N° 283 (AFIP) que prorrogó la entrada en vigencia de la Resolución General N° 262 (AFIP) mediante la cual se actualizó el REGIMEN DE TRAFICO FRONTERIZO previsto en la Resolución N° 2604/86 (ANA), y
Referencias Normativas:
CONSIDERANDO
Que es conveniente la aplicación progresiva de la Resolución General N° 283 (AFIP).
Que ha tomado la intervención correspondiente la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera.
Que la presente se dicta en uso de la facultad conferida por el Artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Referencias Normativas:
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1:
ARTICULO 1°.- El Régimen de Tráfico Fronterizo establecido por la Resolución General N° 262 (AFIP), modificatoria de la Resolución N° 2604/86 (ANA) comenzará a regir desde:
a) El 1° de Enero de 1999 para ciudades con más de SESENTA MIL (60.000) residentes, y
b) el 1° de Febrero de 1999 para las restantes.
Referencias Normativas:
Textos Relacionados:
Artículo 2:
ARTICULO 2°.- Regístrese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia a LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL GRUPO MERCADO COMUN -SECCION NACIONAL-, a LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA DE LA ALADI (MONTEVIDEO -ROU-) y a LA SECRETARIA DEL CONVENIO DE COOPERACION Y ASISTENCIA MUTUA ENTRE LAS DIRECCIONES NACIONALES DE ADUANAS DE AMERICA LATINA, ESPAÑA Y PORTUGAL (MEXICO D.F.). Cumplido, archívese.
FIRMANTES
Carlos Alberto Silvani