18 de Septiembre de 2006
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 20 de Septiembre de 2006
Boletín AFIP N° 111, Octubre de 2006, página 1929
ASUNTO
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Operaciones de exportación y asimilables. Solicitudes de acreditación, devolución o transferencia. Resolución General N° 2.000 y su modificación. Norma aclaratoria.
GENERALIDADES
TEMA
IVA-EXPORTACIONES-REINTEGROS Y REEMBOLSOS A LA EXPORTACION -ACREDITACION DE SALDOS-TRANSFERENCIA DE SALDO
TEXTO
Atento a diversas inquietudes recibidas respecto del alcance de las obligaciones impuestas por la Resolución General N° 2.000 y su modificación, corresponde aclarar que:
a) La decisión que se notifique respecto de la disconformidad interpuesta según lo establecido en el último párrafo del artículo 24, podrá ser recurrida con arreglo a lo previsto en el artículo 74 del Decreto Reglamentario de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.
b) La imputación de los importes de las retenciones practicadas y/o las percepciones efectuadas, cuyo vencimiento para el ingreso al fisco resulte anterior a la solicitud de reintegro, podrá ser realizada contra el monto de esta última, únicamente mediante la presentación del formulario de declaración jurada N° 798 a través de la transferencia electrónica de sus datos, dentro del plazo de dicho vencimiento.
Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Referencias Normativas:
FIRMANTES
Dr. ALBERTO R. ABAD