28 de Febrero de 2003
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 04 de Marzo de 2003
Boletín AFIP N° 69, Abril de 2003, página 789
ASUNTO
IMPUESTO A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA. Anticipos imputables al período fiscal 2003. Sujetos comprendidos en "Convenios y/o Regímenes para Mejorar la Competitividad y la Generación de Empleo".
TEMA
IMPUESTO A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA-CONVENIOS PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD -BENEFICIOS IMPOSITIVOS
TEXTO
Teniendo en cuenta que el día 31 de marzo de 2003 cesan los beneficios otorgados por los Decretos N° 730 del 1 de junio de 2001, N° 732 de fecha 1 de junio de 2001, N° 935 de 25 de julio de 2001, y sus respectivos complementarios y N° 1054 de fecha 22 de agosto de 2001, su modificatorio y su complementario -excepto para aquellos casos en que se haya estipulado otra fecha en el respectivo convenio de competitividad suscrito para cada sector económico-, corresponde aclarar que los sujetos alcanzados por el impuesto a la ganancia mínima presunta que cierren ejercicio comercial a partir del día 1 de abril de 2003, inclusive, se encuentran obligados a ingresar conforme a la normativa vigente, los anticipos del mencionado gravamen imputables al período fiscal 2003, cuyos vencimientos operaron -según el mes de cierre de cada ejercicio comercial- desde el mes de octubre de 2002.
Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Referencias Normativas:
FIRMANTES
Dr. ALBERTO R. ABAD, Administrador Federal