CAPITAL FEDERAL
16 de Noviembre de 2016
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Fecha de Promulgación: 13 de Diciembre de 2016
Boletín Oficial: 15 de Diciembre de 2016
ASUNTO
REGIMEN DE CONTRATO DE TRABAJO - Modificación.
GENERALIDADES
TEMA
CONTRATO DE TRABAJO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
Artículo 1:
ARTICULO 1° - Incorpórase como tercer párrafo del artículo 147 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744 (t. o. 1976) y sus modificatorias el siguiente texto:
"A los fines de hacer operativas las previsiones contenidas en el presente artículo, la traba de cualquier embargo preventivo o ejecutivo que afecte el salario de los trabajadores se deberá instrumentar ante el empleador para que éste efectúe las retenciones que por derecho correspondan, no pudiéndose trabar embargos de ningún tipo sobre la cuenta sueldo. Trabado el embargo, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas, el empleador deberá poner en conocimiento del trabajador la medida ordenada, debiendo entregar copia de la resolución judicial que lo ordena."
Modifica a:
Artículo 2:
ARTICULO 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FIRMANTES
EMILIO MONZO. - FEDERICO PINEDO. - Eugenio Inchausti. - Juan P. Tunessi.