CAPITAL FEDERAL
06 de Enero de 2002
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 08 de Enero de 2002
Boletín AFIP N° 55, Febrero de 2002, página 184
ASUNTO
LEY N° 25560 - Impuesto sobre los Bienes Personales. Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Prórroga de vigencia. Fondo para Educación y Promoción Cooperativa. Ley N° 23.427. Modificación. Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural. Vigencia.
GENERALIDADES
TEMA
IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y EL GAS NATURAL -IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES -REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUENOS CONTRIBUYENTES -FONDO PARA EDUCACION Y PROMOCION COOPERATIVA -MONOTRIBUTO -PRORROGA DEL PLAZO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación
Argentina reunidos en Congreso, etc.,
sancionan con fuerza de Ley:
SANCIONA:
Artículo 1:
ARTICULO 1° - Prórrogase hasta el 31 de diciembre de 2005 la vigencia del Título VI de la Ley N° 23.966 de Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1977 y sus modificaciones, y de la Ley N° 24.977 y sus modificaciones, de Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
Textos Relacionados:
Artículo 2:
ARTICULO 2° - Sustitúyese en el artículo 6° de la Ley N° 23.427 y sus modificaciones, de Fondo para Educación y Promoción Cooperativa, la expresión "DIECISEIS (16) períodos fiscales" por la expresión "VEINTE (20) períodos fiscales".
Modifica a:
Artículo 3:
ARTICULO 3° - Establécese que el Título III de la Ley N° 23.966 de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, regirá hasta que otra ley disponga su derogación.
Textos Relacionados:
Artículo 4:
ARTICULO 4° - Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia a partir del 1° de enero de 2002, inclusive.
Artículo 5:
ARTICULO 5° - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional
Decreto 42/2002
Bs. As., 6/1/2002
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N° 25.560 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -
DUHALDE. - Jorge M. Capitanich. - Jorge L. Remes Lenicov.
FIRMANTES
EDUARDO O. CAMAÑO. - JUAN C. MAQUEDA. - Eduardo D. Rollano. - Juan C. Oyarzún